En tiempos tan convulsos como los que el mundo vive hoy en día, es difícil poder prestar atención a cuestiones que no tengan que ver con la protección de nuestra integridad, salud y vida. No por ello quiere decir que las cosas no sucedan, puedo decirles, incluso suceden con mayor frecuencia.
El pasado 20 de marzo de 2020, la Lic. Blanca Jiménez Cisneros, directora general de la Conagua, en la conferencia matutina del Ejecutivo federal, antes de a la consulta para la ejecución y operación de la planta cervecera de la empresa Constellation Brands en la ciudad de Mexicali -cuyo resultado ya sabemos-, realizó una serie de manifestaciones que revelaron una completa carencia de conocimientos técnicos-hídricos, que incluso son totalmente contrarios a lo que enarbola el artículo 27 constitucional, “la propiedad de (…) las aguas (…) corresponde originalmente a la Nación”, es decir, el agua es un bien común que tiene la naturaleza de ser inalienable.
Esto parece no ser un concepto conocido por la directora de la Conagua, pues en hasta tres ocasiones utilizó el término “comprar” al referirse a la cesión gratuita de títulos de concesión de derechos de agua para la explotación del acuífero Valle de Mexicali en favor de la empresa Constellation Brands.
Esto puede reducirse a que la titular de nuestro órgano regulador en materia hídrica realizó comentarios que denotan ignorancia, sin embargo, no es así. En México existe un mercado negro del agua, en donde se realizan transmisiones onerosas, encubiertas como cesiones gratuitas, donde particulares venden literalmente el derecho a explotar el agua del subsuelo, recibiendo cantidades que desde luego llegan a sus bolsillos sin que muchas veces se pueda identificar la procedencia del dinero y que, por supuesto, no son auditadas por la Conagua.
Así, de las declaraciones de la Lic. Jiménez Cisneros lo que se deduce es que la autoridad sabe de la existencia de este mercado negro, que no le interesa regularlo y que incluso consiente las operaciones que se producen bajo tales mecanismos oscuros, poco fiscalizables e ilegales conforme al texto constitucional y legal.
La “Ley de Aguas Nacionales” establece que las transmisiones de títulos de concesión deben ser gratuitas en todas sus modalidades. Pero, ¿cómo podemos controlar esta clase de prácticas? ¿La solución es prohibir las transmisiones asumiendo los impactos económicos que a las empresas les pudiera ocasionar en el futuro?
A mi humilde opinión, la solución puede tener una carga política de proporciones impensadas que es construir un mercado formal. Consolidar y controlar esta clase de operaciones implicaría realizar una reforma constitucional y legal en materia hídrica y penal, en donde la comisión controle los precios, modalidades y contribuciones a cubrir.
La intención de crear un mercado formal del agua, es llevar de la informalidad a la claridad de las instituciones esta clase de movimientos, en donde además el estado pueda recaudar una parte del monto final que ha de cubrirse, además de fijar un precio para evitar operaciones fraudulentas o ficticias. No se trata, desde luego, de vender el agua de los mexicanos, sino de regular el mercado, que ya existe, estableciendo un sistema en donde la autoridad sea el controlador para un beneficio común.
Lic. Daniel Alejandro Bocanegra Osornio.
Licenciado en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Querétaro.