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septiembre 19, 2024

IEEQ acreditó la comisión de violencia política de género contra regidora de Cadereyta

El IEEQ acreditó la comisión de violencia política por razón de género en contra de una regidora de Cadereyta, atribuidas al atribuidas al ayuntamiento de dicho municipio

Este viernes, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ) resolvió el procedimiento ordinario sancionador IEEQ/POS/006/2020-P y acumulados IEEQ/POS/007/2020-P e IEEQ/POS/008/2020-P, en los que acreditó la comisión de actos constitutivos de violencia política por razón de género en contra de una regidora del Ayuntamiento de Cadereyta de Montes.

Las conductas son atribuidas al ayuntamiento, al presidente Municipal, al Secretario del Ayuntamiento, la Directora de Obras Públicas Municipales, el Director de Desarrollo Social, la Tesorera Municipal y el Oficial Mayor del Municipio de la misma demarcación.

Por lo anterior, el expediente será turnado a la Entidad Superior de Fiscalización del Estado de Querétaro (ESFE) para que imponga las sanciones que correspondan.  

Durante la sesión extraordinaria en modalidad virtual, el Consejo General instruyó a la Secretaría Ejecutiva para que informe la determinación a la Sala Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) y al Tribunal Electoral del Estado de Querétaro (TEEQ), informó el órgano mediante un comunicado.

Al respecto, el Consejero Electoral Luis Espíndola Morales consideró que en el asunto analizado se observa una obstaculización del ejercicio del cargo público a la regidora denunciante, que impacta en su libre ejercicio de los derechos político-electorales.

La Consejera Electoral Yolanda Elías Calles Cantú afirmó que se dio la violencia política en razón de género de forma sistemática, siguiendo las directrices del ‘Protocolo para juzgar con perspectiva de género de la Suprema Corte de Justicia de la Nación’; recordó que es deber de las instituciones coadyuvar a los cambios culturales necesarios para erradicar la violencia contra las mujeres.

Por su parte, el Consejero Electoral Carlos Rubén Eguiarte Mereles indicó que la perspectiva de género es un método, que permite identificar obstáculos que impiden el ejercicio de los derechos de las mujeres y una visión que se debe aplicar a todas las actividades institucionales.

La Consejera Electoral Gema Morales Martínez resaltó que es responsabilidad de todas y todos, sobre todo de los entes públicos, contribuir al diálogo democrático respetuoso para erradicar la violencia política en razón de género.

Asimismo, la Consejera Electoral, María Pérez Cepeda explicó que la determinación del Instituto analiza los hechos denunciados, los actos y las omisiones de forma integral, así como el contexto en que ocurrieron; además, demuestra la obstaculización en el ejercicio del encargo, la dilación injustificada y la omisión de información en contra de la denunciante.

El Consejero Electoral Luis Octavio Vado Grajales comentó que en la resolución existe un contexto de violencia política de género declarado judicialmente, el cual obliga a juzgar con perspectiva de género; además, dijo que la determinación del IEEQ abona a la línea jurisprudencial que se está construyendo en el país en la materia.

De igual manera, el Consejero Presidente, Gerardo Romero Altamirano, aseguró que la resolución del Instituto se sustenta en el marco jurídico aplicable, siendo uno de los pocos casos de violencia política contra la mujer resueltos en la entidad.

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