De acuerdo con el gobierno federal, la reforma constitucional en materia laboral repercutirá en relaciones obrero-patronales más equilibradas y terminará por beneficiar al trabajador
La reforma sobre la subcontratación laboral, también conocida como outsourcing, será efectiva desde este sábado 24 de abril de 2021, después que el presidente Andrés Manuel López Obrador, como jefe del poder Ejecutivo, la promulgó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en la tarde de este viernes.
De acuerdo con el gobierno federal, la reforma constitucional en materia laboral repercutirá en relaciones obrero-patronales más equilibradas y terminará por beneficiar al trabajador.
Desde ahora, estimó la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), alrededor de 300,000 trabajadores que se encontraban bajo modalidades de contratación de insourcing y outsourcing, ya han sido reconocidos y transferidos por las empresas para las que realmente laboran.
Por separado, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)también reportó incrementos en el registro de salarios que van del 15 hasta el 32% por ese tipo de transferencias laborales.
Luisa María Alcalde Luján, secretaria del Trabajo, recordó que con la entrada en vigor de esta reforma, los patrones deben reconocer como trabajadores propios a todos aquellos empleados que realizan las actividades principales en sus empresas.
La secretaria del Trabajo dijo que sí se permitirá la subcontratación de servicios y obras especializadas que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica principal de la compañía. En tanto, las empresas que presten estos servicios deberán registrarse de manera obligatoria en un padrón que estará a cargo de la Secretaría del Trabajo y para conseguir esa inscripción, las empresas interesadas tendrán que acreditar primero el cumplimiento de sus obligaciones laborales de seguridad social y aquellas de tipo fiscal.
Según la STPS, las empresas que contraten los servicios especializados, deberán responder frente a los trabajadores en caso de cualquier incumplimiento por parte de esas prestadoras del servicio especializado.
Para evitar huecos legales que permitan deducciones fiscales abusivas y alguna simulación, la STPS dijo que se homologaron los criterios del Código Fiscal, de la Ley del ISR y de la Ley del IVA con la Ley Federal del Trabajo. Recordó a las empresas que también se endurecieron las sanciones para el caso de incumplimientos.
La secretaria Luisa María Alcalde Luján dijo que el plazo para cumplir con la implementación de esta reforma es de 90 días, a partir de que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social emita los lineamientos para el registro de las empresas de subcontratación especializada.
En materia de reparto de utilidades, la reforma laboral establece la obligación para las empresas de repartir el 10% de las utilidades generadas. Para tener un modelo que no genere distorsión y tampoco discrecionalidad, se establecieron dos modalidades para el reparto de utilidades: una, que es de hasta 90 días; y la segunda, el promedio de los últimos tres años.
Bajo este esquema, ningún sector y ningún trabajador se vería afectado, pues se respetará el esquema que sea más favorable para el trabajador y es por ello que en la mayoría de los sectores hay un incremento. Y en aquellos que habían repartido históricamente mayor utilidad, se respetarán esos montos.
La Secretaría del Trabajo dijo que en el caso del sector acerero o sector minero, quedó protegido el reparto de utilidades y seguirán recibiendo lo mismo, porque no les aplicará el límite de los 90 días.
Por utilidades, las empresas habían repartido 56,000 millones de pesos, con esta propuesta y una vez que sea publicada la reforma, se repartirán 157,000 millones de pesos.