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noviembre 25, 2024

En comisión, aprueban hacer públicas las sentencias judiciales

La Comisión de Acceso a la Información y Rendición de Cuentas del Congreso Local avaló hacer públicas las sentencias emitidas por el Poder Judicial del Estado de Querétaro

Las diputadas que integran la Comisión de Acceso a la Información y Rendición de Cuentas del Congreso Local aprobaron homologar las obligaciones del Poder Judicial del Estado de Querétaro y difundir las versiones públicas de las sentencias emitidas, por lo que se reformó la fracción II del artículo 69 de la “Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado”.

Sobre el tema la presidenta de la comisión, Leticia Rubio Montes, refirió que con esta reforma el Poder Judicial del Estado de Querétaro habrá de poner a disposición de la ciudadanía las versiones públicas de todas las sentencias emitidas, protegiendo los datos de las personas involucradas; consolidando así el derecho de las y ciudadanos a la información respecto al principio de máxima publicidad de las resoluciones.

Recordó que con esta iniciativa, en febrero entró en vigor la reforma al artículo 73 de la “Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública” relacionada con la publicidad de las sentencias judiciales estableciendo que la legislaturas de los estados deben dar cumplimiento de armonizar la legislación estatal al respecto; si bien ya existe la obligación de publicar las sentencias se establece que la disposición se refiere a aquellas sentencias que sea de interés púbico concepto que genera incertidumbre de las que ameritan su publicación”.

Con la aprobación de esta reforma, dijo, además de dar cumplimiento a lo establecido en la normatividad federal se coadyuva en la generalización de información sustentada y oficial y se mantiene actualizado el andamiaje jurídico que permite garantizar los derechos de las y los queretanos en materia de acceso a la información pública.

La iniciativa refiere que el Congreso de la Unión y los congresos de las entidades federativas, tendrán un plazo de 180 días, contados a partir de la publicación del decreto, para realizar las adecuaciones normativas correspondientes.

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