Los integrantes de la Comisión de Administración y Justicia de la 60 Legislatura aprobaron por unanimidad una iniciativa que pretende proteger el derecho que tienen las personas mayores de 60 años sobre su patrimonio, así como otorgarles certeza jurídica
Los integrantes de la Comisión de Administración y Justicia de la 60 Legislatura aprobaron por unanimidad una iniciativa para crear un usufructo vitalicio para el adulto mayor que realice un acto de donación hacia terceras personas, respecto del inmueble que ostente de su propiedad, cuando este bien sea el único.
Se trata de una iniciativa que presentó el diputado Armando Sinecio Leyva que pretende adicionar un segundo párrafo al Artículo 2230 del Código Civil del Estado, con el propósito de proteger el derecho que tienen las personas mayores de 60 años sobre su patrimonio, así como otorgarles certeza jurídica.
Sinecio Leyva explicó que, para proteger otro tipo de intereses, dicho usufructo puede extinguirse a través de la renuncia del donante, siempre y cuando se haga ante una autoridad jurisdiccional.
El presidente de la comisión, Guillermo Vega Guerrero, reconoció que a nivel jurisdiccional y privado se llevan a cabo varias acciones que ejercen familiares para despojar de sus bienes a los adultos mayores, sin que ellos reciban beneficios directos. Dijo que un gran número de personas adultas mayores viven una vulnerabilidad multifactorial; entre ellas, en temas jurídicos.
Por su parte, las tres diputadas integrantes de la Comisión de Familia y Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, Laura Angélica Dorantes, Dulce Imelda Ventura y Graciela Juárez, aprobaron el dictamen de iniciativa que propone que la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Sistema Estatal para la Defensa Integral de la Familia (DIF) tenga la facultad de crear y difundir protocolos que garanticen la protección y atención adecuada de los menores de edad.
La presidenta de la comisión, Laura Angélica Dorantes Castillo, precisó que los protocolos deberán ser aplicados por parte de las autoridades estatales y municipales, con la finalidad de que conozcan los derechos y ponderen el interés superior del menor en su actuar.