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noviembre 25, 2024

Reforma no pone en riesgo el ejercicio periodístico: diputado

En relación a la reforma al artículo 159 del “Código penal del estado”, aprobada el primero de abril, el diputado Manuel Pozo Cabrera, señaló que esta no pone en riesgo el ejercicio periodístico

El ejercicio periodístico no se pone en riesgo ante la reforma al artículo 159 del “Código penal del estado”, que fue aprobada el primero de abril en el Congreso local, sostuvo el diputado Manuel Pozo Cabrera, de Querétaro Independiente (QI), al señalar que quienes ejercen la profesión lo hacen bajo un trabajo de investigación sin acceder a información de manera ilegal.

“No veo que pueda encuadrar (…) en la labor periodística”, indicó el legislador, al ser cuestionado sobre si la reforma podría contravenir la “Ley que establece el secreto profesional periodístico en el estado”, que consigna en su artículo tercero: “El periodista y el colaborador periodístico tienen el derecho de mantener el secreto de identidad de las fuentes que le hayan facilitado información bajo condición, expresa o tácita, de reserva”.

“Por ahí no veo yo un riesgo al trabajo periodístico, esto tiene un espíritu más para quien de manera ilegal accede a información, o bien, quien custodia información y la revela sin autorización del propietario o titular”, apuntó el legislador.

De acuerdo con la Gaceta Legislativa relativa a la sesión de pleno del primero de abril, la reforma al artículo 159 establece: “Se impondrá de uno a cinco años, hasta 500 veces el valor diario de la UMA, por concepto de multa y trabajos en favor de la comunidad hasta por seis meses, al que sin consentimiento de quien tenga derecho a otorgarlo, utilice, revele, entregue o facilite el acceso a información, documentos o cualquier objeto que se le hubiese confiado, sea público o privado”.

Además, agrega: “Las penas señaladas se aumentarán hasta en una mitad si la conducta se realiza aprovechándose de empleo, cargo, profesión, comisión, arte u oficio. Si el sujeto activo es servidor público, se impondrán, además de las penas señaladas, destitución e inhabilitación para desempeñar cualquier empleo, puesto, cargo o comisión de carácter público, por el mismo tiempo de prisión impuesta”.

El diputado de QI detalló que para acreditar el delito se eliminó la condicionante “de causar daño para cualquier persona”.

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