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septiembre 20, 2024

Plaguicidas ilegales, un mercado que esparce ganancias… y males

Se define a los plaguicidas ilegales como aquellos productos que infringen cualquier disposición normativa sanitaria, aduanal, penal, ambiental o de propiedad intelectual

Desde sanciones económicas y comerciales, así como daños a los cultivos, contaminación del medio ambiente, hasta afectaciones a la salud humana son algunas de las consecuencias que trae consigo el uso de plaguicidas ilegales, cuyo comercio, de acuerdo con la publicación Efectos de plaguicidas y fertilizantes sobre el medio ambiente y la salud y formas de reducirlos, de la Organización de las Naciones Unidas, trasciende las fronteras y ha adquirido un “carácter sumamente internacional”, del cual, México y el estado de Querétaro, por ende, no son ajenos.

En el ‘policy brief’ Mercado de plaguicidas ilegales en México: ¿cómo mejorar la respuesta institucional?, publicado por el Observatorio Nacional Ciudadano (ONC), que se desprende de una investigación homónima elaborada por dicha organización y financiada parcialmente por Protección de Cultivos, Ciencia y Tecnología (Proccyt), AC, se define a los plaguicidas ilegales como aquellos productos que infringen cualquier disposición normativa sanitaria, aduanal, penal, ambiental o de propiedad intelectual.

El documento del ONC identifica cinco categorías de plaguicidas ilegales: falsificados, que se hacen pasar por originales; adulterados, cuya composición ha sido modificada o que se reetiquetaron porque están prohibidos o caducados; robados; contrabandeados, que permanecen en el país sin cumplir obligaciones fiscales; y los que no tienen registro, que incluyen a los que tienen la leyenda “registro en trámite” o que ya caducaron. Añade que su proliferación se debe, entre otras causas, a la falta de control y supervisión de las autoridades en los ámbitos digital y físico.

Mercado ilegal de más de 5 mmdd

Con base en estudios citados por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, menciona la publicación, se estima que, a nivel mundial, el mercado de plaguicidas se valora en 60 mil millones dólares y se calcula que la participación del comercio ilegal en este oscila entre el 10 y el 25 por ciento. Precisa que en México no hay estimaciones de la magnitud de este mercado; sin embargo, señala que, mediante solicitudes de información, se conoció que en 2017 fueron aseguradas 41 mil 880 toneladas de plaguicidas ilegales y, en 2020, 108.3 toneladas.

Agrega que, en una aproximación al valor de este mercado, a partir de información estadística oficial bajo el método de ‘benchmarking’ internacional, se tiene que “para 2018, la producción y consumo de plaguicidas ilegales en México alcanzaría entre 2 mil 134 y 5 mil 335 millones de dólares; al representar 10 y 25 por ciento del CNA (Consumo Nacional Aparente)”. Aclara que, debido a la temporalidad de los datos, todavía no se pueden generar estimaciones más actuales.

El observatorio añade que las estimaciones elaboradas a partir de las estadísticas de la industria privada, por medio de Proccyt y la Unión Mexicana de Fabricantes y Formuladores de Agroquímicos, AC (UMFFAAC), indican que el mercado legal está valuado en alrededor de 1.4 billones de dólares a precios del distribuidor; en tanto, el ilegal tiene una participación promedio del 15 al 20 por ciento. “Si este último porcentaje se monetiza en términos de las ventas, los plaguicidas ilegales representan un total de 210 millones de dólares”, menciona.

Plaguicidas ilegales en Querétaro

A propósito de la existencia y disponibilidad de plaguicidas ilegales en el estado de Querétaro, el presidente de la UMFFAAC, Luis Eduardo González Cepeda, afirmó que han detectado que proveedores de este tipo de artículos llegan desde Michoacán, Puebla, Hidalgo y Guanajuato a la entidad queretana. Pero no solo eso, sino que también han identificado, señaló, que estos artículos son producidos en territorio estatal y que circulan en los municipios de Tequisquiapan, San Juan del Río y Corregidora.

“Se han encontrado varias tiendas que tienen de estos productos orgánicos sin registro, o sea, de estos que llamamos ilegales, y algunos otros, básicamente, principalmente, productos que dicen ser orgánicos y que creen que, o sea, o confunden al agricultor diciéndole que, por ser orgánico no requiere registro, que es un tema, pues, completamente falso. (…) También hay productores ilegales en Querétaro, desafortunadamente, sobre todo de orgánicos, de orgánicos es lo que hemos encontrado, de los que dicen ser orgánicos, o de productos biológicos. Hemos encontrado ya varios pequeños fabricantes en Querétaro que, desafortunadamente, pues, la autoridad no ha hecho la vigilancia correspondiente”, sostuvo.

Resaltó que es necesario vigilar que los distribuidores y agricultores del estado no consuman, utilicen o comercialicen plaguicidas ilegales, toda vez que, ejemplificó, si estos contienen sustancias no permitidas y son aplicados en productos agrícolas como hortalizas, tomates o pimientos, por mencionar algunos, a estos, en caso de ser exportados a Estados Unidos, se les pueden cerrar las fronteras porque contienen sustancias nocivas, no autorizadas o residuales.

“Hay muchas sustancias residuales que pueden estar allí, no permitidas para hortalizas y que, bueno, pues, el consumidor final, en el caso de no saberlo, puede estar consumiendo y puede causar desde los típicos síntomas de diarrea hasta algunas ictericias o algunas infecciones estomacales graves. (…) La autoridad en Querétaro tiene en sus manos la posibilidad de ser un estado libre de plaguicidas piratas, de plaguicidas ilegales, siempre y cuando haga una vigilancia, tanto en las tiendas comercializadoras como con los agricultores”, manifestó.

Pena de hasta 8 años de prisión y multas

De acuerdo con el artículo 456 de la “Ley general de salud”, aquel que sin autorización de la Secretaría de Salud “elabore, introduzca a territorio nacional, transporte, distribuya, comercie, almacene, posea, deseche o, en general, realice actos con las substancias tóxicas o peligrosas a que se refiere el artículo 278 de esta ley, con inminente riesgo a la salud de las personas, se le impondrá de uno a ocho años de prisión y multa equivalente de 100 a 2 mil días de salario mínimo general vigente en la zona económica de que se trate”.

Entre las sustancias enlistadas en el artículo 278 se encuentran los plaguicidas.

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