La Cofepris informó que el estadio Azteca no cumplió con la Ley General para el Control del Tabaco, luego de que se difundieran imágenes con personas fumando en el área de palcos
El pasado 25 de febrero, en el Estadio Azteca se violaron las disposiciones del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco (LGCT), durante el partido de la jornada 9 entre Cruz Azul y FC Juárez, por lo que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) envió un exhorto a la empresa Futbol del Distrito Federal S.A. de C.V., para que cumpla con el ordenamiento sobre los espacios cien por ciento libres de humo de tabaco.
“Conforme al artículo 65 bis del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, al tratarse de un estadio, el cual es considerado un establecimiento de concurrencia colectiva, es responsabilidad de Fútbol del Distrito Federal, S.A. de C.V., “Estadio Azteca”, implementar, cumplir y hacer cumplir las disposiciones de espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco y emisiones dentro de sus instalaciones, en las cuales congrega población vulnerable como menores de edad, personas adultas mayores, personas con enfermedades del sistema respiratorio, enfermedades crónicas degenerativas, personas no fumadoras, entre otras”, apuntó la autoridad sanitaria en un comunicado.
Lo advertencia, aunque sin mencionarlo en el documento, se da luego de que se difundieran imágenes de Ricardo ‘Tuca’ Ferreti, timonel del Cruz Azul, fumando en el palco del ‘Coloso de Santa Úrsula’ durante el encuentro.
En ese sentido, la dependencia señaló que el estadio deportivo debe cumplir la ley, luego de que en sus instalaciones congrega población vulnerable como menores de edad, personas adultas mayores, personas con enfermedades respiratorias, no fumadores y hasta personas con males crónico-degenerativo.
La Ley General para el Control del Tabaco -que entró en vigor el pasado 15 de enero- establece la prohibición de consumo de productos del tabaco en espacios de concurrencia colectiva, los cuales son patios, terrazas, balcones, parques de diversiones, área de juegos o lugares donde permanezcan o se congreguen niños y adolescentes.
También los parques de desarrollo urbano, deportivos, playas, centros de espectáculos y entretenimiento, canchas, estadios, arenas, plazas comerciales, mercados, hoteles, hospitales, centros de salud, clínicas médicas, sitios o lugares de culto religioso, lugares de consumo o servicio de alimentos o bebidas, paraderos de transporte.
Finalmente, la Cofepris advirtió que de persistir las irregularidades, el estadio Azteca se hará acreedor a sanciones administrativas.