Por mayoría de ocho votos de 11 posibles, el máximo tribunal constitucional del país aprobó la propuesta de sentencia del ponente Jorge Pardo Rebolledo
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la invalidez de la nueva “Ley para la transparencia, prevención y combate de prácticas indebidas en materia de contratación de publicidad”, promulgada el 3 de junio del año pasado, por violaciones durante en el procedimiento legislativo para su aprobación por parte del Congreso de la Unión.
Por mayoría de ocho votos de 11 posibles, el máximo tribunal constitucional del país aprobó la propuesta de sentencia del ponente Jorge Pardo Rebolledo.
La ley invalidada promueve la transparencia en el mercado de la publicidad, la prevención y el combate a prácticas comerciales que constituyen una ventaja indebida a favor de personas determinadas en perjuicio de los anunciantes y de los consumidores.
De las 12 violaciones hechas valer por la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) en contra del Congreso de la Unión y del poder Ejecutivo federal en su controversia constitucional promovida en contra del decreto por el que se expidió la ley referida, precisó el ministro instructor, solamente “tres tienen el efecto invalidante y conllevarían, precisamente, al sentido que propone el proyecto”.
La presidenta de la corte, Norma Piña, consideró que se afectó de manera significativa el principio que dota de valor a la deliberación democrática, al no permitirse la libre e igual participación de las fuerzas políticas durante la deliberación, no contar con información relevante y tiempo suficiente para su examinación.
Con información de El Economista