El ministro Jorge Pardo propuso, y así se aprobó, invalidar el Decreto 205, mediante el cual se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones de la citada ley, publicado el 31 de mayo de 2023
Por violaciones al procedimiento legislativo, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la invalidez del paquete de cambios a la “Ley de instituciones y procedimientos electorales para el estado de Guanajuato”, que entró en vigor el 1 de junio.
Al resolver la acción de inconstitucionalidad 147/2023 promovida por la dirigencia nacional del partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena), el ministro Jorge Pardo propuso, y así se aprobó, invalidar el Decreto 205, mediante el cual se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones de la citada ley, publicado el 31 de mayo de 2023.
El ponente afirmó que resultan esencialmente fundados los conceptos de invalidez por los que el promovente adujo que el decreto impugnado fue aprobado en transgresión al principio de deliberación democrática.
La enmienda declarada inválida es trascendente porque implicó más de 80 modificaciones a la ley electoral local, cuyos aspectos son fundamentales para la realización de procesos electorales en la entidad.
Con información de El Economista