Entre julio y diciembre del año pasado, a nivel nacional, el 19.4 por ciento de la población de 18 años y más enfrentó alguna situación de acoso personal y violencia sexual en lugares públicos, tales como la calle, el transporte público, el parque o algún sitio recreativo (cine, antro, etcétera), o en otro lugar público (iglesia, centro comercial, mercado, plaza pública).
La estadística anterior se desprende de la Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana (ENSU) con cifras a diciembre de 2019, elaborada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), la cual, además de proporcionar información sobre la seguridad pública, por primera vez proporciona una estimación de las víctimas de acoso personal y violencia sexual.
“En el caso de las mujeres, este porcentaje fue de 27.2 por ciento, mientras que en hombres fue de 10.1 por ciento”, refiere el instituto en el boletín de prensa número 013/20, emitido el 16 de enero de 2020, fecha en que se publicaron los resultados de la ENSU.
De acuerdo con la encuesta, que contempla 70 ciudades de la República Mexicana, en la capital del estado de Querétaro se estima que el 20.3 por ciento de la población de 18 años y más enfrentó acoso personal y violencia sexual en lugares públicos, es decir, 0.9 puntos porcentuales arriba de lo reportado en todo el país.
Refiere que, en el caso de los queretanos, estas situaciones se presentaron en el 4.7 por ciento de los varones mayores de edad; mientras que el 35.8 por ciento de las queretanas enfrentaron las circunstancias mencionadas.
El “Código Penal para el estado de Querétaro”, en su artículo 167 Bis, establece que: “Comete el delito de acoso sexual la persona que con fines sexuales para sí o para un tercero, asedie a cualquier persona, o solicite favores de naturaleza sexual; al responsable se le impondrá pena de uno a tres años de prisión y de 100 a 600 días de multa. Este delito se perseguirá por querella”.
Mientras tanto, en el apartado sobre violación del citado Código, en el artículo 160, señala: “al que por medio de la violencia física o moral realice cópula con persona de cualquier sexo, se le impondrá pena de cinco a 12 años de prisión”.
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