Ante imposibilidad financiera, el Gobierno de México podría cubrir los servicios básicos de traslado y embalsamamiento o cremación
La pandemia por el SARS-CoV-2 ha cubierto el planeta con un enorme manto de muerte… la Organización Mundial de la Salud (OMS) confirmó que, hasta la semana pasada, la cifra de quienes habían perdido la batalla ante el COVID-19 había superado las 288 mil personas.
Y la enfermedad ha azotado a los países, sin importar las fronteras o la nacionalidad… simplemente ha ido avanzando y atrapando entre sus garras a quienes se encuentra a su paso…
El pasado viernes 15 de mayo, el subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, Hugo López-Gatell, informó que el número de mexicanos fallecidos por COVID-19 en el extranjero ascendió a 831; y los principales países donde han muerto son: 827 en Estados Unidos, dos en Perú, uno en Colombia y otro en Francia. Reportó, asimismo, que hay 398 connacionales contagiados en el exterior.
Por ello, es lógico que ante los decesos de personas que resultaron contagiadas fuera del territorio nacional, los familiares busquen retornar sus restos a la tierra que los vio nacer; y el procedimiento ante embajadas y consulados ─regulado por normas nacionales e internacionales en cuanto al manejo y traslado de cadáveres─ en medio del dolor por haber perdido a un ser querido, puede resultar tortuoso.
La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) asegura ─en los “Lineamientos de Manejo General y Masivo de Cadáveres por COVID-19 (SARS-CoV-2) en México”, actualizados el pasado 21 de abril─ que “los consulados de México en el extranjero tienen la encomienda de apoyar a todos los mexicanos con problemas independientemente si están con documentos o sin ellos”; por lo que exhorta a los interesados en la repatriación, que contacten con el Departamento de Protección del Consulado de México más cercano.
En caso de que los familiares de la persona fallecida no estén en el lugar del deceso, deberán acudir a las delegaciones foráneas de la Secretaría de Relaciones Exteriores en territorio nacional; o a las oficinas de la SRE, si residen en la zona metropolitana de la Ciudad de México, para solicitar orientación sobre los trámites.
En tanto, la Secretaría de Relaciones Exteriores emitió la denominada “Guía para el traslado de restos o cenizas de personas mexicanas que fallecen en el extranjero, para su disposición final en México”; mediante la cual instruye a familiares sobre el procedimiento para traer a México los restos de un compatriota.