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Trastornos del sueño, patología frecuente en trabajadores que rotan turnos

Blanca Yasmín Montúfar Corona, investigadora en la UAQ y especialista en el estudio de la salud en el trabajo, señaló que expertos en medicina ocupacional y de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social advierten que el factor psicosocial de la rotación de turnos es uno de los que genera más problemas a la salud

Ansiedad, pérdida de sueño, colitis y otras enfermedades digestivas fueron algunos de los padecimientos que se generaron en la salud emocional y física de José Manuel, un joven de 28 años originario del estado de Guanajuato, durante su desempeño por un año como operador en una línea de producción de componentes para sistemas de dirección de una empresa de capital extranjero del sector automotriz que se ubica en el municipio de El Marqués.

Narró que del cuarto al 10o. mes de su estadía en el puesto laboral permanecía 15 días en cada turno: matutino, vespertino y nocturno; en este último, entraba a las 22:00 horas y salía a las 6:00.

“Yo llegué a Querétaro en búsqueda de trabajo como muchos y logré entrar a la planta, al principio no tuve ningún problema; yo creo que como los tres primeros meses, pero al cuarto (mes) fue cuando comenzó mi desgaste. Cada 15 días me pasaban del turno matutino al nocturno, en el que entraba a las 10 de la noche y salía a las seis de la mañana; así me la llevé como otros siete, ocho meses. Al principio me aguanté, porque en México todo mundo tiene colitis o gastritis, pero poco a poco me fui sintiendo mal. Dejé de dormir y luego me dio ansiedad por lo mismo, mi cuerpo ya no rendía lo mismo. Finalmente decidí dejar el trabajo por mi salud”, dijo.

Blanca Yasmín Montúfar Corona, investigadora de la Facultad de Psicología de la Universidad Autónoma de Querétaro (UAQ) y especialista en el estudio de la salud en el trabajo, confirmó que los trastornos del sueño son una patología que se presenta de manera frecuente en los trabajadores que rotan turnos.

En este sentido, señaló que expertos en medicina ocupacional y de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) advierten que se generará una discusión álgida entre los empresarios porque “el factor psicosocial de la rotación de turnos es uno de los que genera más problemas a la salud” y no se va a poder cambiar de manera inmediata por los procesos de trabajo con flujo continuo; por ejemplo, en la industria automotriz.

“La rotación por turnos es uno de los factores psicosociales que generan más problemas a la salud, porque generalmente las empresas hacen que (…) cada semana cambie el horario para el trabajador y no le permiten al organismo adecuarse a esas modificaciones de trabajar de día o de trabajar de noche, para lo que se requerirían por lo menos seis meses”, puntualizó.

Sin embargo, la especialista reconoció que ante la dificultad para que la rotación de turnos se aplique cada seis meses, plazo que requeriría el organismo de una persona para adaptarse al nuevo horario, aseveró que es necesario que las empresas vigilen a los trabajadores y sean flexibles. Además, consideró que el examen médico que se realiza al interior de los centros de trabajo debe llevarse a cabo por lo menos dos veces al año y no una sola.

“Educarlos en cuestiones de salud para que se alimenten mejor, para que nutran su sistema nervioso central. En los casos de estrés, un sistema nervioso central nutrido hace que tú seas más resistente y que las alteraciones del sueño sean mínimas”, agregó.

Montúfar Corona precisó que las alteraciones del sueño son una patología que se puede generar por la rotación de turnos de manera constante, porque “afecta el ritmo circadiano”, el cual se encarga de regular la vigilia y el sueño.

Recordó que los trastornos de sueño no aparecen en la tabla de enfermedades laborales que prevé la “Ley federal del trabajo” (LFT); sin embargo, dijo que la STPS presentó recientemente un proyecto de actualización, el cual representa “un hecho histórico”, pues en 52 años no se ha modificado dicho cuadro previsto en la normatividad.
“Apenas en este año se emitió la propuesta, porque el cuadro de enfermedades profesionales no ha cambiado desde hace 52 años y ya es necesario actualizarla. De hecho, también se propone que el Covid-19 sea considerado como enfermedad profesional”, agregó.

Cabe señalar que la Facultad de Psicología y la Unidad Multidisciplinaria de Estudios sobre el Trabajo de la UAQ realizaron una mesa de trabajo y una conferencia magistral, el 26 de mayo y 2 de junio de manera respectiva, denominadas: “La nueva tabla de enfermedades laborales en México” y “El urgente llamado al bienestar psicosocial de los trabajadores”.

Nuestros trabajadores rolan turnos conforme a derecho

Esaú Magallanes Alonso, presidente de la Cámara Nacional de la Industria de la Transformación (Canacintra) de Querétaro, aseguró que los trabajadores de las empresas agremiados rotan turnos conforme a derecho y sostuvo que al interior de los centros de trabajo en la entidad se cumple con lo que establece la Norma Oficial Mexicana (NOM)-035-STPS-2018, reglamentación federal cuyo objetivo es “establecer los elementos para identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial, la violencia laboral, así como para promover un entorno organizacional favorable en los centros de trabajo”.

Magallanes Alonso puntualizó que hasta el momento no han recibido reclamos por parte de los trabajadores respecto a la mecánica de la jornada laboral y aseveró que Canacintra no ha “pensado” cambiar o modificar la rotación de turnos; recalcó que se opera dentro del marco legal.

“Nosotros no hemos tenido ningún problema por rotar turnos, nuestros trabajadores rotan turnos conforme a derecho. Buscamos cuál es la mejor manera y la mejor forma de que los trabajadores estén contentos, estén trabajando; obviamente quien llega a rolar turno debe llegar descansado, esa es la idea. Se pone mucha atención en cómo trabajan, que no tengan accidentes, que la gente esté trabajando bien”, mencionó.

La LFT refiere en su artículo 58: “Jornada de trabajo es el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del patrón para prestar su trabajo”, mientras que el artículo 61 señala: “La duración máxima de la jornada será: ocho horas la diurna, siete la nocturna y siete horas y media la mixta”.

Cambio de horario no puede generar trastornos de sueño crónicos ni depresión

Monica Gordillo

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