Especialistas aseguran que ampliar la tipificación del delito no garantizará el acceso a la justicia de las víctimas, debido a que se debe legislar en prevención
Las iniciativas de diputados de Morena para reformar el “Código penal del estado de Querétaro” para aumentar la pena máxima de 50 a 60 años de prisión por feminicidio y ampliar la tipificación del delito no garantizarán el acceso a la justicia de las víctimas, debido a que se debe legislar en prevención, reparación del daño y sanciones para los funcionarios públicos que incurren en omisiones en las investigaciones, consideran especialistas.
En los primeros dos meses del año, en Querétaro fueron iniciadas cinco carpetas de investigación por el delito de feminicidio, mientras que en 2024 se abrieron cuatro investigaciones, de acuerdo con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP). No obstante, la cifra podría ser más alta, porque existen barreras para acreditar el delito en la entidad.
Las barreras para acreditar un feminicidio
Una de las problemáticas para lograr que la muerte violenta de una mujer sea investigada como feminicidio es que el Código penal local es ambiguo en la tipificación de este delito, lo que puede impedir a la defensa de las víctimas lograr que la fiscalía lo investigue como tal, afirma Maricruz Ocampo Guerrero, abogada y dirigente de Aliadas Incidencia Estratégica en Querétaro.
La iniciativa, presentada por la diputada Andrea Tovar Saavedra, propone reformar el artículo 126 bis del Código penal local para contemplar que el agresor pueda ser una persona desconocida, que todas las muertes violentas de una mujer se investiguen como probable feminicidio, que se agraven las penas cuando la víctima sea una persona adulta mayor, con discapacidad o embarazada, y que se aumenten las sanciones si el victimario es un funcionario.
Sin embargo, Ocampo Guerrero señala que los cambios son mínimos debido a que se mantienen ambigüedades, aunque muestra algunos avances al agravar las sanciones, por ejemplo, cuando la víctima es una mujer embarazada, debido a que en ese caso hay dos víctimas. No obstante, afirma, es necesaria una reestructuración por completo del tipo penal.
“Mi propuesta sería que se haga una revisión de todo el tipo penal, porque se copió el Código penal federal y ese tipo penal no lo redactaron abogadas, lo redactaron sociólogas y antropólogas. Y a veces cuando lo queremos implementar se nos complica, porque por la misma ambigüedad es difícil convencer a la fiscalía”, apunta.
Por su parte, Marlene Martín Rico, activista y asesora jurídica de Las Temis Luchando Juntas, AC, considera que ya existen protocolos para que toda muerte violenta de una mujer sea investigada al inicio como feminicidio, pero el problema es su aplicación en la fiscalía, por lo que su incorporación en el Código penal podría abonar a la obligación de investigar desde el inicio con perspectiva de género.
Sin embargo, aunque se investigue el delito al inicio como feminicidio, otro problema es el trabajo de investigación de la fiscalía, que, al no seguir el debido proceso, puede provocar que el agresor quede en libertad.
“El problema aquí es que las autoridades no realizan la debida diligencia de las escenas del crimen, tampoco las cadenas de custodia; no hacen las entrevistas como se deben hacer, sus investigaciones están plagadas de errores”, señala.
Sobre las penas
El diputado morenista Arturo Maximiliano García presentó otra iniciativa similar a la de Tovar Saavedra, pero él propone aumentar en los casos de feminicidio la pena mínima de 25 a 40 años de prisión y la máxima, de 50 a 60 años, “una medida punitiva que además bloquea el acceso a la justicia”, asevera la activista Martín Rico.
Explica que actualmente el Código penal local establece que la pena máxima por algún delito es de 50 años de cárcel, por lo que “la propuesta es absurda”. Además, que cuando las penas son muy amplias, los procesos se pueden alargar, porque las investigaciones deben ser más exhaustivas.
Así mismo, Ocampo Guerrero considera que cuando se aumentan las penas hasta 60 o 70 años de prisión, la Constitución establece que esas medidas son inhumanas y degradantes, por lo que los agresores pueden recurrir a amparos y con ello, obstruir el acceso a la justicia.
“El aumento de los años de prisión no ha servido de medida disuasiva de ninguna manera. No nos ha servido para nada que les den 70 años o 100 años. No se ha reducido el número de feminicidios”, apunta la abogada.
Reparar el daño
Las especialistas consideran que para garantizar el acceso a la justicia a las víctimas de feminicidio es necesario legislar en materia de reparación del daño, en medidas de prevención como en casos de violencia familiar y establecer sanciones para los funcionarios que incurren en omisiones al momento de investigar el delito.
“No se legisla en prevención, en reparación del daño, ni tampoco en responsabilidad del funcionario; son tres cosas que harían un cambio. El derecho punitivo en temas de protección de los derechos de las mujeres no nos ha servido”, asevera Ocampo Guerrero.
Explica que el Código penal, además de contemplar multas para el agresor, debe garantizar que, en caso de que no tenga los recursos, sea el estado el que garantice la reparación del daño, por ejemplo, en caso de que la víctima tenga hijos.
Además, “lo que sí debe tener en el código es que los funcionarios que no hacen su trabajo de investigar, porque el nivel de impunidad es altísimo, deben ser castigados de alguna manera, porque la violencia feminicida lo que tiene es la complacencia del Estado”, menciona.
Coincide con ello la activista Martín Rico al señalar que debe legislarse en cuanto a establecer sanciones para los funcionarios omisos en las investigaciones para obligar a la fiscalía a hacer bien su trabajo.
Ante ello, las especialistas llamaron a los diputados a no legislar con medidas punitivas, sino con acciones que realmente se encaminen a garantizar la justicia y la reparación del daño a las víctimas.
Las iniciativas aún no han sido dictaminadas en comisiones, por lo que podrían tener cambios antes de pasar al pleno del Congreso local.