En México existe una posibilidad de que se apruebe la licencia menstrual con goce de sueldo, lo que implicaría un paso importante en la lucha por los derechos laborales.
Algunos países del mundo, como España, tienen medidas similares. Otros, como Japón y Corea del Sur permiten las bajas laborales por menstruación, pero no garantizan el pago del sueldo.
¿Por qué es importante? Cerca de la mitad de la población de México y el mundo menstrúa, menstruó o lo hará en algún punto de su vida. El promedio de días de menstruación en la vida de una mujer es de 2,535 (equivalentes a siete años completos). 5 de cada 10 mujeres experimentan dismenorrea (dolor incapacitante por menstruación) en algún momento de su vida. Y el 10% de las mujeres padece endometriosis.
Y pese a que tantas personas menstrúan y experimentan diversas situaciones relacionadas con la menstruación, muy poco se ha hecho porque puedan hacerlo en dignidad.
Menstruar en condiciones dignas no sólo significa tener acceso a tampones y toallas sanitarias y saber usarlas correctamente. Se trata de tener espacios para gestionar los sangrados, educación sexual y reproductiva, acceso a servicios de salud especializados, diagnósticos oportunos y, por supuesto, seguridad social para costear la salud menstrual.
Algunas de las conquistas más importantes para la menstruación digna en México fueron: la eliminación del IVA (16%) en los productos de gestión menstrual, los programas de gratuidad de toallas y tampones en zonas marginadas y la integración de la endometriosis en la lista de enfermedades laborales.
Pero todavía hay camino que recorrer. A mediados de febrero del 2023 entró al debate público uno de los temas más importantes de la agenda por la menstruación digna: los permisos menstruales en el trabajo.
Este debate se abrió como consecuencia de la petición que hizo el Congreso de la Ciudad de México al Congreso de la Unión para hacer modificaciones a la Ley Federal del Trabajo (LFT) para que las mujeres y personas menstruantes puedan tener dos días de baja laboral con goce de sueldo por cólicos.
Adicionalmente, la iniciativa propone que las modificaciones a la LFT también integren otras políticas y protocolos para garantizar que las personas que soliciten estas licencias no sean discriminadas, como sucede en muchas ocasiones con las licencias de maternidad.
Aunque la menstruación y las condiciones o padecimientos relacionados con este ciclo han estado históricamente invisibilizados, las mujeres han conquistado espacios en la medicina para estudiar y dar espacio a la salud con perspectiva de género.
La dismenorrea está definida por la Secretaría de Salud federal como los dolores o espasmos que se experimentan durante la menstruación en la parte baja del abdomen, siendo agudos e intermitentes. En algunos casos se presenta dolor también en la espalda baja.
Se clasifica en dos tipos:
El diagnóstico debe realizarse por expertos de la salud, pero en la mayoría de los casos, los síntomas de la dismenorrea dificultan el desempeño de las actividades cotidianas de las mujeres y personas menstruantes.
Adicionalmente, existen otras enfermedades o condiciones relacionadas con la menstruación que pueden ser incapacitantes. La más común es la endometriosis.
De acuerdo con la OMS (Organización Mundial de la Salud), la endometriosis se define como “una enfermedad crónica caracterizada por el crecimiento, fuera del útero, de un tejido similar al revestimiento del útero, lo que provoca dolor, infertilidad o ambos”.
Las personas que son diagnosticadas con endometriosis enfrentan síntomas como: dolor intenso durante la menstruación, las relaciones sexuales, al defecar o al orinar. La endometriosis también causa dolor pélvico crónico, distensión abdominal, náuseas, fatiga y, en ocasiones, depresión, ansiedad y hasta infertilidad.
Reconocer y visibilizar las experiencias propias de las mujeres y personas menstruantes en los espacios de trabajo es fundamental en el camino para la igualdad de género.
La licencia menstrual con goce de sueldo es un derecho laboral al que todas las mujeres y personas menstruantes deben tener acceso. Acompañado, por supuesto, de políticas laborales y políticas públicas transversales que aseguren una menstruación digna para todas.
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