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Esperan que SCJN invalide reformas al Código Penal de Querétaro

El paquete de reformas fue aprobado por el Congreso local durante la pandemia sanitaria por Covid-19

Se espera que los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) voten a favor de declarar inconstitucionales las reformas realizadas al Código Penal del Estado de Querétaro, publicadas en el Periódico Oficial “La Sombra de Arteaga” el 18 de diciembre de 2020, aseveró Bernardo Romero, coordinador del programa universitario de Derechos Humanos de la Universidad Autónoma de Querétaro (UAQ) y miembro del Consejo Consultivo de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).

“Ojalá que los ministros también estén en la idea de que una reforma así es inconstitucional y que votaran en favor de que se declara inconstitucional estos segmentos y otros más de nuestro Código Penal que está plagado de inconstitucionalidades”, apuntó.

Explicó que el proyecto hace referencia a las reformas realizadas por la 59 Legislatura del estado de Querétaro, durante la pandemia sanitaria por Covid-19, “Si bien es cierto que había una cierta urgencia, estas reformas no tenían término temporal; eran, se supone, para proteger a las personas en el ámbito de la de la pandemia y proteger a las autoridades que sí estaban siendo víctimas de algunas agresiones de parte de la población”.

Sin embargo, añadió que una cosa era dictar medidas de emergencia con un término temporal y muy limitadas a las circunstancias de la pandemia y otra muy distinta “aprovechar y meter en el mismo paquete cosas que no tienen nada que ver”.

De acuerdo con la acción de inconstitucionalidad, promovida por María del Rosario Piedra Ibarra, presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), son los artículos 127 BIS-1, 143, 221, 286, 288, 289, 293, 299, 300, 303 y 304 del Código Penal los que se buscan echar atrás.

En este destaca, por ejemplo, el artículo 289 que penaliza el que procure con actos materiales impedir la ejecución de una obra o trabajos públicos, dispuestos por la autoridad competente.

La CNDH consideró en el recurso que se violan el derecho a la seguridad jurídica, libertad de expresión, libertad de reunión y manifestación, entre otros.

Firman Convenio de Colaboración de Programas para el Bienestar en Querétaro

Nadia Bernal

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