El año pasado, el Grupo de Información y Reproducción Elegida (GIRE) interpuso dos demandas de amparo de dos mujeres a las que les negaron los servicios de salud para acceder a una interrupción del embarazo, dio a conocer Enrique Arcipreste Morales, abogado de amparo y procedimientos constitucionales de la organización.
“En Querétaro, con GIRE, hemos acompañado otros casos, de mujeres individuales. Al menos, a finales del año pasado, desde agosto-septiembre, al menos dos casos en Querétaro”.
Explicó que el primer caso fue de una mujer que tenía una condición de salud; sin embargo, al solicitar el aborto, obtuvo una negativa por parte de un hospital público de la capital del estado.
“El embarazo ponía en riesgo a la mujer y el hospital se rehusaba a hacerlo porque está contemplado el delito de aborto en el Código penal de Querétaro”.
Añadió que el segundo caso fue una negativa de aborto a una mujer que había sufrido una violación, pese a que esta sí está permitida en la legislación local y existe la Norma Oficial Mexicana NOM-046-SSA2- 2005, de violencia familiar, sexual y contra las mujeres, en la que se establece la obligatoriedad de las dependencias a prestar servicios de interrupción voluntaria del embarazo en los casos de embarazo por violación.
Arcipreste Morales explicó que para solicitar una interrupción del embarazo por violación no es necesario presentar una denuncia formal ante la fiscalía.
“Únicamente lo que se requiere es asistir a la instancia, el hospital, la clínica o ante la Secretaría de Salud, con un escrito que, bajo protesta de decir verdad, diga que el embarazo es consecuencia de una violación sexual y el personal está obligado a realizar la interrupción del embarazo”.
Aseveró que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ya se ha pronunciado respecto a que las negativas implican tratos crueles, inhumanos y degradantes, y un desconocimiento del marco normativo de los derechos humanos.
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