Aunque Edmundo Jacobo Molina desistió del juicio que interpuso contra su destitución como secretario ejecutivo del Instituto Nacional Electoral (INE), el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) invalidó el artículo 17 transitorio del llamado plan B de reforma electoral, que ordenó dicha remoción.
Este miércoles, en una sesión del pleno de la Sala Superior del TEPJF, se informó que, luego de que un juez ordenó su restitución, Edmundo Jacobo desistió del juicio de derechos políticos que había interpuesto contra su destitución.
La magistrada Janine Otálora presentó al pleno su proyecto sobre este tema, en el que planteó que el artículo 17 transitorio del decreto, que reforma la “Ley general de instituciones y procedimientos electorales”, la “Ley general de partidos políticos”, la “Ley orgánica del poder Judicial de la federación” y expide la “Ley general de medios de impugnación en materia electoral”, “es inconstitucional por incidir en la autonomía e independencia de la autoridad administrativa nacional, así como en sus facultades constitucionales de nombrar al titular de la Secretaría Ejecutiva”.
Planteó necesario considerar que el INE cuenta con autonomía constitucional para evitar la injerencia de agentes externos o la intromisión de los poderes constituidos que pudiera poner en riesgo su operación y el cumplimento de sus funciones.
Con información de El Economista
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