Las aportaciones voluntarias son los depósitos adicionales que el trabajador decide hacer a su Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) y que se guardan en una subcuenta llamada ahorro voluntario. Este tipo de ahorro puede ayudar a cumplir metas financieras de corto, mediano y largo plazo, ya que se puede elegir el monto que se quiere guardar y el plazo de inversión, dando la flexibilidad de disponer de estos recursos cuando se requiera.
Además de aumentar el monto de la pensión, las aportaciones tienen beneficios fiscales que pueden hacer los ahorros deducibles de impuestos. Al hacerlo, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) podrá devolver una parte de los impuestos que se pagaron durante el año o disminuir el monto de la cantidad por pagar.
Afore Sura da una guía práctica para deducir las aportaciones voluntarias en la declaración anual.
Para obtener este beneficio fiscal primero se deben identificar los tres tipos de aportaciones voluntarias: a) aportaciones de corto plazo, b) aportaciones con perspectiva de inversión a largo plazo y, c) aportación complementaria de retiro. De acuerdo con la “Ley del Impuesto sobre la Renta” (ISR), se pueden deducir las aportaciones con perspectiva de inversión a largo plazo y las aportaciones complementarias de retiro. Se debe considerar que las aportaciones deducibles podrán ser de hasta el 10 por ciento del ingreso anual, mientras que no excedan cinco veces el valor de la UMA (Unidad de Medida y Actualización) vigente.
Para deducir las aportaciones voluntarias se necesita contar con la Constancia de Retención de Impuestos, que se solicita en el Centro de Atención al Público más cercano, con una identificación oficial vigente, comprobante de domicilio no mayor a tres meses y constancia de RFC emitida por el SAT.
Una vez que se tenga la constancia de retención de impuestos, se accede al sitio web del SAT y se localiza el apartado de deducciones, se selecciona el concepto de aportaciones voluntarias y se ingresa la cantidad total que aparece en el comprobante. Es necesario tener a la mano el RFC para hacer el trámite. Asimismo es muy importante que se actualicen los datos fiscales conforme a la constancia de situación fiscal, de lo contrario no se podrán emitir las constancias necesarias para hacer deducibles las aportaciones.
Si se llegara a contar con saldo a favor, se solicitará la Clabe de una cuenta bancaria para que el SAT lo devuelva.
En el caso de las aportaciones con perspectiva de inversión a largo plazo, el ahorro voluntario estará disponible a partir del sexto mes del primer depósito o último retiro. Sin embargo, si quieres deducir este tipo de aportaciones de tu Declaración Anual, te recomendamos que no hagas ningún tipo de retiro antes de cumplir los 65 años, ya que te retendrán un 20 por ciento del ISR y deberás acumular el monto del retiro en tu declaración anual.
En el caso de las aportaciones complementarias de retiro, son deducibles de impuestos, pero también deberán permanecer en tu cuenta individual hasta que tengas los 65 años o te hayas retirado por invalidez o incapacidad para trabajar.
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