Los Lineamientos para la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes en materia político-electoral emitidos por el INE establecen que para que los menores participen en mensajes electorales se requiere su opinión informada y el consentimiento de sus madres, padres o tutores
La Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (Sipinna), adscrita a la Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración de la Secretaría de Gobernación (Segob), y el Instituto Nacional Electoral (INE) reiteraron la validez de requisitos para la difusión de propaganda electoral en la que exista presencia, participación o imagen de niños o adolescentes.
Los Lineamientos para la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes en materia político-electoral emitidos por el INE establecen, entre otras cosas, que para que los menores participen en mensajes electorales se requiere su opinión informada y el consentimiento de sus madres, padres o tutores.
Antes de producir cualquier propaganda o material de índole electoral, conforme lo señalan los lineamientos, primero se debe obtener el consentimiento y, en su caso, la opinión informada, y, una vez que se cuenta con estos, producir la propaganda electoral para posteriormente difundirla.
Con información de El Economista