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Ordena juez al IMSS dar trámite a pensión por orfandad

El instituto había negado la pensión a una mujer de 65 años, con hipertensión, diabetes tipo 2 y lesión en pierna, quien debido a su estado de salud mental, desde su nacimiento, dependió de manera económica de su padre, quien falleció a consecuencia del Covid-19

El Juez Quinto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo y de Trabajo y de Juicios Federales en el estado de Querétaro, al resolver el amparo indirecto 1619/2023, ordenó a la jefatura del Departamento de Prestaciones Económicas de la delegación del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), dar trámite a la pensión por orfandad que había desechado el 17 de noviembre de 2023, de María Patricia, una mujer de 65 años, con hipertensión, diabetes tipo 2 y lesión en pierna, quien debido a su estado de salud mental, desde su nacimiento, dependió de manera económica de su padre, quien falleció a los 87 años, a consecuencia del virus Sars-Cov2, el 24 de abril del 2021.

El juez resolvió que el oficio de desechamiento de trámite de pensión que emitió dicho departamento de la delegación del IMSS, bajo el argumento de que María Patricia no realizó “juicio tutela”, es inconstitucional debido a que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) señala que “no se debe negar a las personas con discapacidad su capacidad jurídica”; además, de que “toda normativa que aborde el tema de las personas con discapacidad debe hacerse siempre desde la perspectiva de los principios de igualdad y no discriminación”.

Asimismo, el juez concluyó que la figura de la persona de apoyo con la cual compareció la parte quejosa a solicitar el trámite para la pensión por orfandad, tras ser declarada como tal el 7 de agosto del 2023 por el Juzgado Tercero Familiar de Primera Instancia de Querétaro, “es acorde a las normas constitucionales y convencionales que respetan la capacidad jurídica de la persona interesada”; en este caso, Yolanda, hermana de María Patricia; según publicó Códigoqro, el 22 de enero.

El juez ordenó que se admita a trámite la solicitud de pensión “en el que se abstenga de considerar que se requiere el juicio de tutela de la solicitante”, así como que se considere suficiente para iniciar el trámite a la persona de apoyo designada por la propia solicitante.

Niegan pensión a mujer con discapacidad y trastorno mental

Monica Gordillo

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