En medio del proceso electoral en el que nos encontramos, resulta interesante y útil ─si es que pretendemos emitir un voto razonado, el próximo 6 de junio, al elegir a quien ocupará la gubernatura de Querétaro; y a quienes conformarán los ayuntamientos, el congreso local y la cámara de diputados a nivel federal─ analizar la radiografía que World Justice nos presenta a través del Índice de Estado de Derecho en México 2020-2021.
Ahí, Querétaro, se ubica en la cuarta posición de las 32 entidades federativas; con un puntaje de 0.44 (en el que este puede oscilar entre 0 y 1, y 1 significa mayor respeto al estado de derecho). La cifra representa escasamente un punto de mejoría en comparación con el índice 2019–2020.
En el detalle de los factores analizados en el índice, la entidad ocupa el primer lugar en “ausencia de corrupción”, con un puntaje de 0.48; dicho aspecto mide “el uso del poder público para obtener un beneficio privado, en los poderes ejecutivo, legislativo, y judicial locales, y en el sistema de seguridad y procuración de justicia”.
Querétaro también se posiciona en el primer sitio en cuanto a efectividad y calidad del sistema de justicia penal (0.49); y de igual forma en la protección efectiva de los derechos fundamentales (0.56), que analiza el trato igualitario y ausencia de discriminación, el derecho a la vida y a la seguridad de las personas, el debido proceso legal de las personas acusadas, las libertades de opinión y expresión, las de libertad religiosa y de culto, el derecho a la privacidad, el derecho a la libertad de asamblea y asociación, y los derechos laborales.
Tiene, asimismo, el tercer lugar en cumplimiento regulatorio (0.46); lo que mide ─entre otras cosas─ si la normatividad y las regulaciones gubernamentales se cumplen de manera efectiva, si hay ausencia de corrupción en su aplicación y si los procedimientos administrativos se resuelven en forma efectiva y eficiente.
En relación con el factor “Límites al poder gubernamental” ─que mide “si en la práctica, los pesos y contrapesos institucionales limitan el accionar de quienes gobiernan, en particular de gobernadoras y gobernadores, alcaldes y demás autoridades del poder ejecutivo estatal, y los responsabilizan de sus actos”─ Querétaro está en el quinto lugar (0.48). Aquí se analizan también los contrapesos no gubernamentales (prensa, organizaciones de la sociedad civil y partidos políticos).
En materia de justicia civil, que refiere a si las personas pueden resolver sus controversias a través de mecanismos pacíficos y efectivos del sistema de justicia civil, el estado está en noveno lugar (0.39).
Y si bien todo lo anterior es destacable, por otro lado, en cuanto a orden y seguridad ─el rubro que evalúa la efectividad de la entidad para garantizar la seguridad de las personas y la de sus propiedades (ausencia de homicidios, ausencia de crimen, las personas se sienten seguras)─ la entidad está en la posición 15 (0.42).
Preocupante resulta que Querétaro esté ¡en el último lugar! en cuanto a “gobierno abierto,” en donde se evalúa la participación activa de la ciudadanía en la toma de decisiones y si el derecho a la información se garantiza efectivamente.
¿Qué ofrecen candidatos y candidatas a los diferentes cargos para garantizar ─en el ámbito de la competencia que tendrían, de obtener el triunfo─ que el estado conserve las posiciones en las que está bien y mejore aquellas en las que está mal?
…O de plano, ¿este tema nos importa un comino como ciudadanos, aunque estemos estancados en el avance hacia un estado de derecho vigoroso, y las modificaciones en relación con los puntajes generales de la mayoría de los estados en relación con la última edición del índice hayan sido simplemente marginales?
…O ¿coincidimos con el coordinador de los diputados federales de Morena, Ignacio Mier, quien para justificar la aprobación de la extensión del periodo del ministro Arturo Zaldívar como presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ─aunque el artículo 97 constitucional no lo permita─ argumentó que si se trata de elegir entre derecho y justicia, un transformador opta por la justicia y el conservadurismo por el derecho; y que el liberador, “opta por la justicia, por la felicidad y/o por lo que es necesario”?
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