Al ver que más de 60 mil personas han firmado la petición en change.org para pedir la liberación de la youtuber YosStop ─quien se encuentra vinculada a proceso por posesión de pornografía infantil y en prisión preventiva oficiosa en el penal femenil de Santa Martha Acatitla, tras haber sido aprehendida por personal de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJCDMX)─ no pude evitar traer a mi mente las duras aseveraciones del filósofo y escritor italiano Umberto Eco, en torno al Internet y las redes sociales.
“El drama de Internet es que ha promocionado al tonto del pueblo al nivel de portador de la verdad” y: “Las redes sociales le dan el derecho de hablar a legiones de idiotas que primero hablaban solo en el bar después de un vaso de vino, sin dañar a la comunidad. Ellos eran silenciados rápidamente y ahora tienen el mismo derecho a hablar que un premio Nobel. Es la invasión de los idiotas”, consideraba.
En la petición dirigida a la Fiscalía de México, a la FGJCDMX y al Gobierno de México, puede leerse: “El día Miércoles 29 de Junio del 2021, arrestaron a YosStop por ‘difundir y tener en su poder material comprometido de menores de edad’. Cabe mencionar que ella ni siquiera divulgó, ni mostró el video en sus redes sociales, quieren hacer ‘Justicia’ cuando ni siquiera ella grabó el video, cuando realmente deben de demandar a los violadores de la menor de edad en aquel tiempo”.
En el video titulado “patética generación”, Yoseline Hoffman aceptó estar en posesión de un video en el que consta que la menor de edad – a la cual se refiere con un lenguaje soez y con calificativos en los que cuestiona su “moralidad”─ fue víctima de un abuso sexual por parte de menores de edad; y aunque no transmitió el video completo, sino fragmentos, sí describió lo que había en él… ¿quién en su sano juicio puede defender esta conducta?
Pero resulta que “La ignorancia no exime del cumplimiento de la ley” (‘ignorantia juris non excusat’ o ‘ignorantia legis neminem excusat’) y ─aunque no guste─ la libertad de expresión tiene límites.
El Código Penal Federal consigna claramente, en su artículo 202, el tema de la pornografía de menores (lo que de manera más o menos similar se reproduce en las legislaciones locales): “A quien fije, imprima, videograbe, fotografíe, filme o describa actos de exhibicionismo corporal o lascivos o sexuales, reales o simulados, en que participen una o varias personas menores de dieciocho años de edad o una o varias personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o una o varias personas que no tienen capacidad para resistirlo, se le impondrá la pena de siete a doce años de prisión y de ochocientos a dos mil días multa, así como el decomiso de los objetos, instrumentos y productos del delito. La misma pena se impondrá a quien reproduzca, almacene, distribuya, venda, compre, arriende, exponga, publicite, transmita, importe o exporte el material a que se refieren los párrafos anteriores”.
E incluso advierte, en el 202 bis: “Quien almacene, compre, arriende, el material a que se refieren los párrafos anteriores, sin fines de comercialización o distribución se le impondrán de uno a cinco años de prisión y de cien a quinientos días multa. Asimismo, estará sujeto a tratamiento psiquiátrico especializado”.
Nadie puede tragarse el cuento descrito por el abogado de la “influencer” acerca de que “no hay delito, hay un tema de comunicación periodística”, porque “le guste o no a la gente, la información se consume por cualquier red social, incluso a través de una persona que tiene tantos millones de seguidores como lo era Yoseline”.
Y más nos vale, aunque el tema parezca estar de moda, que la aplicación de la ley no quede sujeta a la voluntad de muchedumbres; porque la impunidad nos hará caer irremediablemente en un estado de postración… cualquier cosa que eso signifique; je, je, je.
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