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Los principios que ahora rigen el Derecho Penal…

…No importa que el artículo 49 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consigne que “El Supremo Poder de la Federación se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial” ni que establezca que “No podrán reunirse dos o más de estos Poderes en una sola persona o corporación”.

…Tampoco, que el artículo 102 decrete que “Corresponde al Ministerio Público de la Federación la persecución, ante los tribunales, de todos los delitos del orden federal”.

…Ni que el 14 puntualice que “Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las Leyes expedidas con anterioridad al hecho” y que “En los juicios del orden criminal queda prohibido imponer, por simple analogía, y aún por mayoría de razón, pena alguna que no esté decretada por una ley exactamente aplicable al delito de que se trata”.

…Incluso, que el artículo 16 advierta: “Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento” y que “No podrá librarse orden de aprehensión sino por la autoridad judicial y sin que preceda denuncia o querella de un hecho que la ley señale como delito, sancionado con pena privativa de libertad y obren datos que establezcan que se ha cometido ese hecho y que exista la probabilidad de que el indiciado lo cometió o participó en su comisión”.

…Menos aún interesan los principios que rigen el proceso penal, plasmados en el artículo 20, y de los derechos de toda persona imputada -como el que “se presuma su inocencia mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por el juez de la causa”- ya ni hablamos.

Porque, hoy, el Estado de derecho -y particularmente en materia penal- se basa en normas metajurídicas promulgadas por el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, durante la rueda de prensa mañanera; el nuevo Órgano de Gobierno Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos.

Y esos principios ahora son, para que nos quede claro:

“Lo que diga mi dedito”.

“Mi pecho no es bodega”.

“Siempre digo lo que pienso”.

“Robaban y no perdían ni siquiera su respetabilidad”.

“Hay que seguir estigmatizando la corrupción”.

“El Poder Judicial está podrido”.

“¿Ustedes creen que yo voy a confiar en el Poder Judicial? No me estoy chupando el dedo”.

“Jueces, magistrados, ministros están al servicio de los grupos de intereses creados y tienen una mentalidad muy conservadora, ultraconservadora”.

“La mayoría de los ministros no está pensando en la justicia; piensan, si acaso, en el derecho”.

“Por encima de la ley está el pueblo”.

“Lo del debido proceso debe quedar en segundo plano y se debe de privilegiar la transparencia cuando se trata de delitos presuntamente cometidos por servidores públicos”.

“No afecta ir a la cárcel cuando uno es inocente”.

En este contexto, bien vale preguntarse: ¿hacia dónde nos llevará este nuevo paradigma (y no es chiste, aunque parezca) impuesto por el presidente?

No muy lejos, lamentablemente, si partimos -por ejemplo- de los resultados del Índice de Estado de Derecho en México 2020-2021 de World Justice Project, los cuales -consigna el propio documento- “evidencian un estancamiento en el progreso del país hacia un Estado de derecho robusto”.

…Y al que debe sumarse -advierte el reporte- el impacto generado por la pandemia del Covid-19; ya que el puntaje en relación con la justicia penal cayó en 16 entidades en comparación con la edición anterior del Índice, particularmente en la evaluación de la eficiencia y eficacia de los sistemas de procuración e impartición de justicia y del respeto al debido proceso de las personas acusadas de algún delito.

¡Preocupante, sumamente preocupante!

Malena Hernández

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