GURÚES

¿Estado de Necesidad vs Estado de Derecho?

Tras la devastación que dejó el huracán Otis a su paso por Acapulco, las imágenes de los saqueos y la rapiña invadieron las redes sociales; el debate no se hizo esperar entre quienes, por un lado, justificaron el hecho; y quienes, por otro, mostraron indignación y responsabilizaron a las autoridades por la nula vigilancia.

“Quizás de fuera nos vean feo”, dijo la alcaldesa de Acapulco, Abelina López Rodríguez… “Yo no le llamo robar, yo le llamo cohesión social”, aseveró.

Y aunque hoy en día prevalece en el país un desprecio al Estado de Derecho, nos guste o no, hay un marco jurídico vigente que debemos tener presente; por ello, me inclino a escuchar a los especialistas.

Para el catedrático y exprocurador general de justicia en el estado de Querétaro, Arsenio Durán Becerra, desde el punto de vista jurídico, en Acapulco, se actualiza la hipótesis de lo que es un estado de necesidad, “porque un estado de necesidad es una situación de riesgo, una situación de peligro en donde tenemos obviamente el peligro de perder bienes jurídicos que solamente pueden ser resguardados o protegidos si se sacrifica otro bien jurídico, pero que sea de menor valor que lo que se está salvaguardando”.

El estado de necesidad funciona, agregó, como una causa de inexistencia del delito; porque gracias a esa maniobra se logra salvar vidas, proteger la salud de personas, etc.; sin embargo, acotó que dicho estado implica actuar de manera proporcional y no ocasionar más perjuicios a los bienes jurídicos (por ejemplo, el robo de aparatos eléctricos), que los estrictamente indispensables para superar la situación apremiante y de peligro que se presenta en ese momento (alimentos, agua, algún medicamento, etc.).

Razón por la cual, puntualizó, quienes se aprovechan de la circunstancia para cometer otro tipo de conductas ilícitas y causar daños que definitivamente no son necesarios para superar la situación de peligro, son personas que están delinquiendo y que ameritan recibir la sanción correspondiente.

Sobre la responsabilidad en que pudo incurrir el Estado ante lo sucedido, el especialista en Derecho Penal, explicó que quizá podría existir en cuanto a la alerta a la población previamente para que tomara ciertas medidas y precauciones; pero sería más bien de tipo político, ya que los daños que se causaron fueron por un fenómeno natural que no solo no es del todo previsible, sino que es algo absolutamente inevitable.

Pero sí podría hablarse de la responsabilidad por parte de autoridades federales, estatales o municipales, por no tomar las medidas correspondientes para devolver el orden a la sociedad y resguardar la seguridad de las personas, de las cosas, etc.; independientemente de lo adverso de la situación que se está viviendo.

“El simple hecho de decir: ‘bueno es que es una catástrofe natural y esto es lo que normalmente sucede en estos casos’, no es, bajo ninguna circunstancia, un pretexto y mucho menos una justificación para que el Estado deje de cumplir con lo que jurídicamente le corresponde”, aseveró.

En este caso, en cada instancia se tendrían que iniciar las investigaciones correspondientes para dilucidar a quién le correspondía en un momento dado tomar las determinaciones que implicaran el cumplimiento de las respectivas obligaciones; y qué tanto por la vía penal (Fiscalía General de la República, Fiscalía del Estado), tanto como por la vía administrativa (contralorías).

Ahora bien, tratándose de los robos por parte de particulares que aprovecharon la catástrofe para cometer rapiña, las denuncias serían ante las autoridades locales, porque son robos que resultarían delitos del fuero común; salvo que afectaran intereses de la Federación.

A pregunta expresa sobre si las autoridades pueden impedir que los ciudadanos otorguen directamente la ayuda a los afectados o ingresen al lugar a entregar los apoyos, Durán Becerra aseveró que el establecer algunas reglas de organización para que pueda brindarse eficazmente la ayuda y el apoyo que las personas requieren, en principio no es algo que sea reprochable o inadecuado; debido a que lo que más se necesita es justamente la organización para sacar adelante el problema.

Sin embargo, subrayó: el querer acaparar el proceso, un apoyo o un servicio que definitivamente no están en posibilidades de brindar por sí mismas y que con la debida organización se puede recibir por parte de la comunidad en general, así como el hecho de evitarlo, también podría generar una responsabilidad que puede ser motivo de una investigación.

¿Y ante quién habría que denunciar? Depende, dijo, del nivel de autoridad; si en un momento dado fueran servidores públicos ordinarios, ante contraloría; y si se tratara de servidores de más alta jerarquía, podría incluso pensarse en la tramitación de un juicio político.

Así las cosas, es bajo esta perspectiva que debemos analizar lo sucedido, más allá de prejuicios y politiquerías que en nada abonan a la gobernabilidad que tanto requiere México en este momento.

Responde con la verdad, toda la verdad y nada más que la verdad…

Malena Hernández

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