“No, no, no. Aquí no se puede insultar, no se puede calumniar al presidente de México”, advirtió el presidente López Obrador el pasado 23 de febrero, en medio de su enfado por la polémica que generó al dar a conocer el número celular de Natalie Kitroeff, la jefa de la corresponsalía del periódico New York Times en México, tras el cuestionario que esta le envió para un reportaje acerca de que Estados Unidos investigó denuncias de que cercanos a él se reunieron con cárteles de la droga y recibieron de ellos millones de dólares, investigación que fue cerrada debido al conflicto diplomático que podía generar con México.
Recordé entonces sus declaraciones hace poco más de un año, el 15 de febrero del 2023, a propósito de la aprobación en la Comisión de Gobernación y Población de la Cámara de Diputados de la iniciativa de reforma, presentada por la legisladora de Morena Bennelly Jocabeth Hernández Ruedas, para elevar las multas relacionadas con los Delitos de Imprenta, que, entre otras cosas, cuadriplicaba las sanciones económicas contra quien publicara palabras o expresiones que atacaran la moral o injuriaran al presidente de la República y a otros funcionarios públicos, por ser “laxas” e “irrisorias”.
“Me sorprendió ayer, que autorizan en la cámara que el que insulta al presidente le van a aumentar el castigo, va a tener que pagar dos, tres veces más. Yo no sé quién hizo eso”, aseveró. “Morena, fue de su partido”, le explicaron. “Sí, pero yo no lo necesito eso, yo no lo necesito, yo no lo promoví”, respondió. “¿Lo vetaría?”, le preguntaron; “Sí, lo voy a vetar, voy a vetar. ¿Eso para qué? No, libertad de expresión”.
Y dos días después, el 17 de febrero, retomó el tema: “Y, por cierto, ya me enteré que fue una diputada de Morena la que propuso lo del aumento de la multa a los que insulten al presidente, y lo hizo sin malas intenciones, pero esa ley, lo que debe de hacerse con esa ley es eliminarla. (…) Claro que no estoy pidiendo que me insulten, ¿no?, pero no vamos nosotros a enjuiciar a nadie por eso, nada, HAY DERECHO A LA CRÍTICA”.
Y como deseos son órdenes, el Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó, escasos días después, el 25 de abril, el decreto del Congreso por el que fue abrogada la anacrónica Ley, hay que subrayarlo, sobre Delitos de Imprenta de 1917.
¿Dónde quedó entonces ese “derecho a la crítica” que el Sr. Presidente, pregonó el año pasado y que hoy tanto lo altera?
“¿Quién me va a reparar el daño?”, preguntó la semana pasada este hombre que hoy es, nada más ni nada menos, que el ¡Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas en el país!; y quien a lo largo del sexenio ha insistido UNA Y OTRA VEZ en hacer valer su “derecho de réplica” ante los “cuestionamientos” de sus adversarios: “Quisieran estarnos cuestionando y (nosotros) quedarnos callados. No, no va a ser así (…) tiene que haber diálogo circular y tiene que haber libertades plenas para todos, para los que critican en los medios y el que es criticado que tenga el derecho a la réplica. Yo voy a ejercer siempre ese derecho y que nadie se sienta ofendido”.
Por ello, hay que responderle también, UNA Y OTRA VEZ, que su “derecho de réplica” no es equiparable al de sus gobernados, y que su derecho a la intimidad y al honor, en su calidad de titular del ejecutivo federal, es más acotado que el que tenemos los particulares.
Y, para concluir, simplemente me limitaré a reproducir aquí lo que referí en este mismo espacio hace casi un año sobre las aseveraciones del presidente de México:
“Los límites de la crítica aceptable son, por tanto, respecto de un político, más amplios que en el caso de un particular. A diferencia de este último, aquél inevitable y conscientemente se abre a un riguroso escrutinio de todas sus palabras y hechos por parte de periodistas y de la opinión pública y, en consecuencia, debe demostrar un mayor grado de tolerancia” (Sentencia 9815/82 CASO LINGENS) es uno de los principios que prevalecen en el Derecho Internacional.
De acuerdo con la Relatoria Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) “los funcionarios públicos y quienes aspiran a serlo, en una sociedad democrática, tienen un umbral distinto de protección, que les expone en mayor grado al escrutinio y a la crítica del público, lo cual se justifica por el carácter de interés público de las actividades que realizan, porque se han expuesto voluntariamente a un escrutinio más exigente y porque tienen una enorme capacidad de controvertir la información a través de su poder de convocatoria pública”.
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