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noviembre 25, 2024

Presentarán iniciativa para interrupción legal del embarazo en Querétaro

La diputada local de Morena Laura Polo propuso reformar la Constitución Política del Estado de Querétaro, el Código Penal y la Ley de Salud para permitir la interrupción legal del embarazo hasta las 12 semanas de gestación

La diputada local de Morena Laura Polo Herrera presentará una iniciativa que reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado de Querétaro, del Código Penal para el Estado de Querétaro y la Ley de Salud del Estado de Querétaro para legalizar la interrupción del embarazo en las primeras 12 semanas de gestación y aumentar de dos a cinco las causales excluyentes de responsabilidad.

Recordó que actualmente en la entidad solo se permite la interrupción del embarazo por violación o conducta culposa o imprudente de la mujer.

“Nosotros proponemos que haya cinco causales de no punibilidad; cuando el embarazo sea resultado de una violación, cuando de no provocar el aborto la mujer embarazada ponga en peligro la afectación grave a su salud, cuando a juicio de dos médicos especialistas expresen razón suficiente para diagnosticar que el producto presenta alteraciones genéticas o congénitas que puedan dar como resultado daños físicos o mentales al límite que puedan poner en riesgo la sobrevivencia del mismo y siempre que se tenga el consentimiento de la mujer embarazada, que sea resultado de una conducta culposa de la mujer embarazada y cuando la interrupción es consentida por la madre hasta las 12 semanas de gestación”.

Detalló que se modificaría el artículo 71 Bis de la Ley General de Salud para establecer que las instituciones públicas de salud del Gobierno deberán proceder a la interrupción del embarazo en forma gratuita y en condiciones de calidad cuando la mujer decida practicarse el aborto; la institución deberá efectuarla en un término no mayor a cinco días contados a partir de que se presente la solicitud.

“El artículo 71 Ter establece que el médico podrán ser objetor de conciencia; sin embargo, cuando la vida de la mujer esté en peligro no podrá invocarse la objeción de conciencia y será obligación de las instituciones públicas de salud del gobierno prestar la atención”.

SCJN valida interrupción del embarazo por violación aunque no haya denuncia

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