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septiembre 20, 2024

Previo a pandemia, 44.98% de ocupados contaba con acceso a salud: ENOE

De la población ocupada en la entidad queretana, 17 mil 569 personas únicamente tuvieron acceso a instituciones de salud; mientras que 60 mil 644 no tuvieron acceso a instituciones de salud, pero sí a otras prestaciones

El 44.98 por ciento de la población ocupada del estado de Querétaro, en el periodo comprendido de octubre a diciembre del año pasado, contaba con acceso a instituciones de salud y a prestaciones; sin embargo, el 45.07 por ciento de las personas ocupadas no tenía acceso a ninguna prestación.

Las cifras mencionadas corresponden a los resultados de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) del cuarto trimestre de 2019, elaborada y publicada antes de la pandemia por Covid-19 por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en la que también se da a conocer que el total de población ocupada en la entidad queretana era de 845 mil 960 personas.

La ENOE también refiere que, de la población ocupada en la entidad queretana, 17 mil 569 personas únicamente tuvieron acceso a instituciones de salud; mientras que 60 mil 644 no tuvieron acceso a instituciones de salud, pero sí a otras prestaciones. Agrega que 5 mil 872 no especificaron su condición.

La “Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, en su artículo cuarto, establece que “toda persona tiene derecho a la protección de la salud”, por lo que “la ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud”.

La Organización Internacional de Trabajo, por su parte, define a la seguridad social como la protección que la sociedad proporciona a sus miembros “contra las privaciones económicas y sociales que, de no ser así, ocasionarían la desaparición o una fuerte reducción de los ingresos por causa de enfermedad, maternidad, accidente de trabajo, o enfermedad laboral, desempleo, invalidez, vejez y muerte”.

En este sentido, el organismo internacional menciona que las personas afectadas por COVID-19 “deberían tener acceso, mientras sea necesario, a cuidados y servicios de salud adecuados, de carácter preventivo o curativo, con inclusión de atención médica general, asistencia médica especializada (en hospitales y fuera de hospitales), a los productos farmacéuticos necesarios”. 

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