Categorías: FeaturedLOCAL

Suspenden 113 establecimientos comerciales por incumplir medidas sanitarias

La Secretaría de Salud del Estado de Querétaro ha realizado mil 450 verificaciones de cumplimiento de las medidas sanitarias en establecimientos comerciales

La Secretaría de Salud del Estado de Querétaro, a través de la Dirección de Protección contra Riesgos Sanitarios, ha suspendido 113 establecimientos por incumplir las medidas sanitarias durante emergencia sanitaria por COVID-19.

En total se han realizado mil 450 verificaciones y se han emitido dos mil 022 recomendaciones a establecimientos, a los cuales, se les brindó información sobre los protocolos de seguridad que se deben cumplir para prevenir la enfermedad COVID-19, según el Acuerdo publicado en La Sombra de Arteaga el 16 de junio del presente año.

Del 14 al 31 de agosto se realizaron 379 verificaciones, se emitieron 441 recomendaciones y se realizaron 36 suspensiones: en el municipio de Querétaro se suspendieron dos hoteles por incumplir la Ley de Tabaco; una carnicería, una rosticería, una frutería, una estética y una miscelánea, por no cumplir con el protocolo de prevención de COVID-19; una funeraria por incumplir protocolo de prevención de COVID-19 y por no presentar evidencia de los servicios prestados; así como una escuela por impartir clases presenciales y un salón de eventos de un hotel por impartir curso de mesoterapia.

En Corregidora se suspendió una ludoteca, una dulcería, una estética y una cafetería, por no seguir el protocolo de prevención de COVID-19; un consultorio de auriculoterapia por incumplir con protocolo de prevención y por no contar con aviso de funcionamiento; así como dos canchas de fútbol.

En Tequisquiapan se procedió a la suspensión de una tortillería; en Jalpan de Serra una frutería, en Amealco una tienda de abarrotes, en Pedro Escobedo una carnicería y un gimnasio, en Cadereyta de Montes una miscelánea y una pollería, en El Marqués un consultorio médico, una marisquería y una tortillería; en Ezequiel Montes una pollería, por no contar con protocolo de prevención de COVID-19.

Además, en el municipio de San Juan del Río se suspendió un restaurante, una carnicería, una farmacia y un consultorio de psicología, por incumplir protocolo de seguridad para prevenir COVID-19.

El Acuerdo publicado en el periódico oficial del estado indica las medidas sanitarias que deben cumplir los residentes en el estado de Querétaro y demás personas para la realización de actividades económicas, productivas y sociales en la entidad durante la emergencia sanitaria de COVID-19.

La normatividad marca que el retorno o continuidad de las actividades de los centros de trabajo, establecimientos y demás puestos fijos o semifijos vinculados con la realización de actividades económicas, productivas y comerciales debe realizarse en congruencia con el sistema de semáforo por regiones emitido para evaluar el riesgo epidemiológico, publicado por la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo del estado de Querétaro.

Para el eficaz cumplimiento de las medidas sanitarias establecidas en ese acuerdo, las personas que realicen actividades económicas y productivas deben, previo al inicio de operaciones, enviar a la Coordinación Estatal de Protección Civil un aviso en el que manifiesten los datos relacionados con las características del centro de trabajo o establecimiento en el que se efectúan sus actividades, la ubicación, denominación de la negociación, así como el personal que labora y el responsable del seguimiento y supervisión de las medidas sanitarias.

El aviso puede presentarse a través del formato mediante la aplicación COVAPP.

El aviso tendrá vigencia durante el año 2020 y se podrán establecer las disposiciones necesarias para su renovación y su presentación no sustituye el cumplimiento de las obligaciones establecidas por el Instituto Mexicano del Seguro Social y demás autoridades federales.

En el supuesto de que las autoridades sanitarias y de protección civil detecten el incumplimiento en la presentación del aviso, corresponderá la aplicación de una medida de seguridad consistente en la suspensión de actividades en el centro de trabajo o establecimiento, por un periodo de entre siete y 15 días naturales.

La suspensión de actividades se levantará una vez que se presente el aviso y a través de una solicitud que será resuelta en un plazo de tres días naturales.

En el caso de una reincidencia en la omisión de la presentación del aviso, se procederá con la clausura del centro de trabajo o establecimiento.

Supervisan cumplimiento de medidas sanitarias en establecimientos comerciales

Redacción

El equipo de CódigoQro proporciona información precisa y oportuna sobre diversos temas de interés general. ¡La información no se vende! Escribimos realidades.

Entradas recientes

PAN inaugura el auditorio “Rafael Puga Tovar”

El PAN inauguró el auditorio “Rafael Puga Tovar” en las instalaciones del Comité Estatal del…

21 mins hace

Asiste Car Herrera a subasta a beneficio del SEDIF

Car Herrera de Kuri encabezó una subasta a beneficio de los programas del SEDIF, que…

21 mins hace

5 tips para enviar dinero de EUA a México

Enviar dinero a México implica elegir el método adecuado, evaluar tarifas, tipo de cambio y…

28 mins hace

INE anunció que el próximo lunes iniciará el proceso de la elección del Poder Judicial

La consejera presidenta del INE, Guadalupe Taddei, anunció que el próximo lunes 23 de septiembre…

50 mins hace

Aprueban apoyo para el Hospital Hito por 10 años

La Comisión de Planeación y Presupuesto autorizó la celebración del convenio entre el Poder Ejecutivo…

56 mins hace

Comisión aprueba reformas a la Ley de Instituciones de Asistencia Privada

La Comisión de Participación Ciudadana de la 60 Legislatura aprobó reformas a la Ley de…

1 hora hace