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Panistas, sin responsabilidad por entrega de despensas: IEEQ

El órgano electoral desechó la queja en virtud de que el Consejo general del instituto es incompetente para conocer del presente procedimiento ordinario sancionador, dado que no existe transgresión alguna a la normativa electoral

En sesión, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ) declaró inexistentes los actos de presunta promoción personalizada en contra de algunos legisladores locales, federales y presidentes municipales del Partido Acción Nacional (PAN) por la entrega de despensas y apoyos por la contingencia sanitaria del Covid-19.

De acuerdo con el procedimiento ordinario sancionador IEEQ/POS/014/2020-P, entre las personas señaladas están las diputadas locales Leticia Rubio Montes y Martha Daniela Salgado Márquez; Sonia Rocha Acosta, diputada federal; Luis Bernardo Nava Guerrero, presidente municipal de Querétaro; Guillermo Vega Guerrero, presidente municipal de San Juan del Río; Germaín Garfias Alcántara, síndico del municipio de San Juan del Río; Marcia Solórzano Gallego, síndica del municipio de San Juan del Río; Erick Eduardo Juárez Luna, regidor del municipio de San Juan del Río; Guadalupe Alcántara De Santiago, presidenta municipal de Tolimán; Tonatiuh Cervantes Curiel, secretario de Desarrollo Social del Estado y el Comité Ejecutivo Estatal del PAN.

El órgano electoral desechó la queja en virtud de que, en su consideración, el Consejo General del Instituto es incompetente para conocer del presente procedimiento ordinario sancionador, dado que no existe transgresión alguna a la normativa electoral y los actos y hechos denunciados no constituyen violaciones a la normativa electoral.

De igual forma, el órgano electoral aprobó los lineamientos de este organismo público para garantizar la participación y la representación de personas indígenas, en el proceso electoral local 2020-2021 en Querétaro.

Este ordenamiento regula el registro de candidaturas a cargos de elección popular cuyas personas titulares son de origen o pertenecen a pueblos o comunidades indígenas, para lo cual contempla la autoadscripción calificada y el vínculo comunitario; además, garantiza la representación de los pueblos y comunidades indígenas en la conformación de la Legislatura Local y los ayuntamientos, en los municipios con mayoría de población indígena.

Aprueban Reglamento de Debates del IEEQ para el Proceso Electoral 2020-2021

Katia Lemus

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