Por unanimidad, los magistrados del TEEQ determinaron que el senador panista, Mauricio Kuri González, no incurrió en promoción personalizada ni en uso indebido de recursos públicos
Por unanimidad de votos de la magistrada y magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Querétaro (TEEQ), se resolvió que el senador del Partido Acción Nacional (PAN) por Querétaro, Mauricio Kuri González, no incurrió en actos de promoción personalizada ni en uso indebido de recursos públicos, que eran objeto del procedimiento especial sancionador con clave TEEQ-PES-12/2020.
De acuerdo con el proyecto de sentencia, cuya ponencia estuvo a cargo del magistrado Martín Silva Vázquez, aunque el legislador ostenta un cargo público y está próximo el inicio del proceso electoral local 2020-2021, no se presentaron los elementos para determinar las acciones mencionadas.
“No obra constancia en el expediente respecto de que el denunciado haya participado en la entrega de dichos apoyos alimentarios, pues las áreas responsables de implementar y ejecutar el programa, manifestaron que no cuentan con elementos que permitan corroborar tal hipótesis. Asimismo, no obra constancia que permita advertir que, con motivo de la entrega de los apoyos alimentarios, aparezcan imágenes o símbolos que hagan identificable al denunciado, ni existen mensajes que permitan deducir la promoción personalizada del servidor público”, indica.
Agrega que tampoco se advierte que haya mediado recurso público alguno para la transmisión de la entrega, donde Mauricio Kuri haya sido beneficiado con la misma, ni fue difundido por entidades públicas; por lo tanto, no transgredió la imparcialidad y equidad de la contienda.
Al resolver el expediente TEEQ-PES-15/2020, cuya ponente fue la magistrada Gabriela Nieto Castillo, se determinó que el TEEQ no tiene competencia para conocer el caso -donde se denuncia al diputado federal por Morena, Jorge Luis Montes Nieves, por promoción personalizada y uso de recursos públicos-, y se remitió al Instituto Nacional Electoral.
Sobre los presuntos actos anticipados de campaña por parte de Arturo Maximiliano García Pérez, el TEEQ resolvió declarar inexistentes las infracciones.