En el marco del Día Mundial para la Prevención del Abuso Sexual Infantil, el Grupo Legislativo de Acción Nacional en la LIX Legislatura de Querétaro y el diputado Agustín Dorantes informaron sobre el trabajo que se ha realizado en materia de creación de políticas públicas, leyes y reformas en favor de la niñez.
“Si bien el jueves pasado se aprobó en el Congreso Local la Ley ‘Estás a tiempo’ que busca que la prescripción de los delitos sexuales contra menores comience a partir de que la víctima cumpla la mayoría de edad, hoy trabajamos para que las penas y multas para los agresores aumenten”, señaló el legislador.
Una segunda iniciativa en esta materia, informó, es ‘Penas Más Severas’, en la que propone tomar acciones que permitan a las autoridades estatales de procuración y administración de justicia contar con elementos más robustos para combatir la comisión de delitos sexuales en contra de menores de edad, respetando los principios constitucionales que rigen la creación e imposición de penas privativas de la libertad.
Así, ‘Penas Más Severas’ impulsa reformas a los artículos 161, primer párrafo, 166, 167, 167 Bis, segundo párrafo y 167 Ter, tercer párrafo del Código Penal para el Estado de Querétaro. Para quedar de la siguiente manera:
DELITO | PENA VIGENTE | PENA PROPUESTA |
Art 161: Violación equiparada a menores de edad | 12 a 30 años prisión | 16 a 40 años de prisión |
Art 166: Abuso sexual a menores de edad | 4 a 8 años | 5 años 4 meses a 10 años |
Art 167: Estupro a menores de edad | 3 años de 100 a 600 días de multa. La pena se duplicará en caso de que el delito sea cometido en contra de un menor de edad. | Un año a 8 años de prisión |
Art 167 bis: Acoso sexual a menores | De 2 a 4 años de prisión y de 200 a 800 días de multa. Si el delito se comete en contra de un menor, la pena se duplicará. Y si el perpetrador es servidor público, docente o parte del personal administrativo de cualquier institución educativa o de asistencia social, se le podrá destituir o inhabilitar de su cargo. | Se creó una pena específica cuando se trata de este delito hacia un menor. Dos años y seis meses a 8 años de prisión y de 270 a 800 días multa |
Art 167 ter: Hostigamiento sexual a menores | Aplican las mismas penas si es contra un adulto o contra un menor. | Se creó una pena específica cuando se trata de este delito hacia un menor. 5 años y cuatro meses a 10 años de prisión y de 530 a 2100 días multa |
“Del análisis que se ha realizado, las penas vigentes en el Código Penal para el Estado de Querétaro no están ni siquiera cerca de los estándares de punibilidad que han establecido otras entidades federativas”, dijo Agustín Dorantes.
Por ejemplo: en el delito de violación Quintana Roo da 50 años de prisión o cadena perpetua según el caso; el Estado de México castiga con 15 años de prisión el abuso sexual; Chiapas y Morelos castiga el estupro con 10 años de prisión y en acoso y hostigamiento sexual, Morelos aplica una pena hasta de 13 años.
“Querétaro sigue avanzando. Me comprometo a seguir protegiendo a las niñas, niños y adolescentes del estado e invito a los demás legisladores a unirnos en la aprobación de este tipo de iniciativas que no tienen color ni partido, pues su único objetivo es beneficiar a las y los queretanos”, exhortó el legislador.
En México casi 5 millones de niñas, niños y adolescentes son víctimas de violencia sexual infantil. Las medidas de confinamiento a causa de la COVID-19 han agravado esta situación.
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