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septiembre 20, 2024

Recomiendan inhumar cadáveres ante aumento de decesos por Covid-19

En caso de una inhumación, se llevaría a cabo dentro de las 48 horas siguientes al fallecimiento, para lo cual el féretro deberá ser sellado y no podrá ser abierto. No podrá realizarse velación o celebración funeraria que pongan en riesgo a las personas

Debido al incremento sostenido en el número de contagios y fallecimientos por Covid-19 entre la población del estado de Querétaro -situación que se espera continúe por las próximas semanas-, el Comité Técnico para la Atención de Covid-19 acordó por unanimidad recomendar que, además de la incineración como destino final de cadáveres de personas derivado de enfermedad precedente compatible o confirmada de coronavirus, se permita la realización de la inhumación.

Lo anterior forma parte del “Acuerdo que modifica el similar por el que se establecen lineamientos para el manejo de cadáveres en atención a la enfermedad Covid-19”, publicado por la Secretaría de Salud estatal en el periódico oficial de gobierno del estado, “La Sombra de Arteaga”, en su edición de este jueves. El documento precisa que el acuerdo se alcanzó en la sesión ordinaria del Consejo del 11 de enero de 2021.

“Es necesario evitar potencial saturación de los sistemas de manejo de cadáveres, mediante estrategias de gestión administrativa para prontitud en la expedición de certificado de defunción y del envío del cuerpo a su destino final”, menciona el acuerdo.

En cuanto a las modificaciones hechas a los lineamientos para el manejo de cadáveres, publicados el primero de abril del año pasado, el texto destaca que solo se permitirá un procedimiento invasivo en los cuerpos “cuando por fines diagnósticos se requiera realización de biopsias de tejido pulmonar, las cuales se efectuarán bajo los protocolos de autorización y bioseguridad necesarios”.

También agrega que una inhumación deberá llevarse a cabo dentro de las 48 horas siguientes al fallecimiento, para lo cual el féretro deberá ser sellado y no podrá ser abierto. Puntualiza que se deberá restringir la realización de velaciones o celebraciones funerarias que pongan en riesgo a las personas.

Añade que las recomendaciones a servicios funerarios e incineración, resultarán aplicables a los servicios de inhumación.

Crematorios están saturados; incinerar un cadáver puede llevar días

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