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Carpetas de investigación por fraude aumentan 20.55%: SESNSP

En enero de 2021 se iniciaron 253 carpetas de investigación, mientras que en febrero fueron 269

En el primer bimestre de este año, 522 carpetas de investigación fueron iniciadas por el delito de fraude en el estado de Querétaro; dicha cifra representa un aumento del 20.55 por ciento con respecto al mismo periodo, pero del año pasado, cuando se iniciaron 433 carpetas por este mismo ilícito.

Lo anterior se desprende de las estadísticas reportadas por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) sobre incidencia delictiva del fuero común, que se nutre de los informes proporcionados por las procuradurías generales de justicia y fiscalías generales de las entidades del país.

De acuerdo con el SESNSP, en enero de 2021 se iniciaron 253 carpetas de investigación por fraude en la entidad queretana, mientras que, en 2020, durante el mismo mes, se reportaron 241, lo que representó un incremento del 4.9 por ciento entre uno y otro mes.

En febrero de este año, continúan las cifras del SESNSP, fueron iniciadas 269 carpetas, en tanto que en el segundo mes del año pasado se abrieron 192; un incremento de 40.10 por ciento entre uno y otro periodo.

El artículo 193 del “Código penal para el estado de Querétaro” establece: “Al que engañando a alguien o aprovechándose del error en que este se halla, se haga ilícitamente de alguna cosa o alcance un lucro indebido” se le impondrán penas de prisión desde tres meses y hasta 15 años, además de 180 y hasta 750 días multa, con base en el valor de lo defraudado.

“Cuando el delito se cometa en contra de persona menor de edad, mayor de 60 años de edad o persona con discapacidad mental, intelectual, física o sensorial, las penas que correspondan se incrementarán una tercera parte”, agrega el mismo artículo en su último párrafo.

El artículo 195 añade que, si se entrega el objeto “de que se trata a virtud no solo del engaño, sino de maquinaciones o artificios que para obtener esa entrega se hayan empleado, la pena señalada en el artículo 193 de este código se aumentará en un mes a dos años”.

Francisco Velázquez Ramírez

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