El juicio local de los derechos político-electorales con clave TEEQ-JLD-173/2021 fue interpuesto para controvertir el acuerdo emitido por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ), en el que se modificó la lista de diputaciones por el principio de representación proporcional postulada por el Movimiento de Regeneración Nacional (Morena).
La parte actora argumentó que dicho acuerdo no estuvo apegado a la convocatoria ni a los propios procesos internos de Morena, aunado a que las personas registradas no pertenecen a ese instituto político.
El Tribunal Electoral del Estado de Querétaro (TEEQ) determinó que los agravios fueron infundados, por una parte, e inoperantes por otra. Ello en virtud de que fue correcta la emisión del acuerdo por parte de la autoridad responsable, pues ésta se encontraba obligada a acatar las determinaciones jurisdiccionales, en este caso, de la Sala Regional Monterrey del TEPJF.
Además, de lo que se quejó el actor no fue por vicios propios del acuerdo impugnado, sino del procedimiento de selección interna de candidaturas del partido referido, asunto que ya fue materia de resolución del órgano jurisdiccional local y en el que se determinó su reencauzamiento a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena, sentencia que ha quedado firme por no haber sido impugnada.
En consecuencia, el TEEQ confirmó la resolución impugnada.
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