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DDHQ plantea iniciativa para reconocer matrimonio y concubinato igualitarios

De acuerdo con el documento elaborado por la dependencia, es indispensable que se modifique la normatividad en materia civil, para que se reconozcan los derechos de las personas del mismo sexo que contraen matrimonio entre sí

Para modificar la institución del matrimonio y la del concubinato, que ambas sean reconocidas como el vínculo jurídico que surge por la unión de dos personas y no solo entre un hombre y una mujer, la Defensoría de Derechos Humanos de Querétaro (DDHQ) elaboró una iniciativa de ley para reformar artículos del Código Civil del estado de Querétaro y del Código de Procedimientos Civiles del estado de Querétaro.

De acuerdo con el documento, que plantea modificaciones a 28 artículos del primer ordenamiento y dos del segundo, es indispensable que se modifique la normatividad en materia civil, para que se reconozcan los derechos de las personas del mismo sexo que contraen matrimonio entre sí.

De este modo, la redacción del artículo 137 del Código Civil del estado de Querétaro quedaría: “El matrimonio es una institución en la que se establece un vínculo jurídico por la unión de dos personas, que, con igualdad de derechos y obligaciones, son la base del nacimiento y estabilidad de una familia, así como la realización de una comunidad de vida plena y responsable”.

El mismo artículo, actualmente, señala que el matrimonio es una “institución en la que se establece un vínculo jurídico por la unión de un hombre y una mujer”.

En el caso del concubinato, la propuesta es cambiar el artículo 273, para quedar: “El concubinato es la unión de dos personas, libres de matrimonio, con el propósito de integrar una familia y realizar una comunidad de vida con igualdad de derechos y obligaciones.

“Se presume su existencia, cuando los concubinos vivieron juntos durante tres años o si antes de ese lapso de tiempo tuvieron al menos un hijo en común…”

Este artículo, al momento, considera que el concubinato “es la unión de un hombre y una mujer, libres de matrimonio”; además señala que se presume su existencia cuando los concubinos vivieron juntos por tres años o si antes de ese tiempo “procrearon hijos en común”.

La iniciativa fue ingresada el 30 de marzo a la 59 Legislatura del estado de Querétaro.

Francisco Velázquez Ramírez

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