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noviembre 25, 2024

Los derechos laborales son irrenunciables: especialista

Julio César Pérez Rangel, presidente de los Abogados Laboralistas en el estado de Querétaro, afirmó que todos los trabajadores tienen derecho a recibir las prestaciones que establecen las leyes laborales

Todos los trabajadores tienen derecho a recibir las prestaciones que establecen las leyes laborales y que se generan por la subordinación y las actividades laborales en donde está implícita una jornada de trabajo, un horario y actividades propias de una relación laboral donde existe un patrón, afirmó Julio César Pérez Rangel, presidente de los Abogados Laboralistas en el estado de Querétaro.

“Si cumples con un horario y estás subordinado, es decir, tienes una actividad específica de trabajo, recibes un pago constante por las actividades que desempeñas exclusivamente para una persona determinada, estamos hablando de que existe una relación de trabajo”.

Esto, luego de que Silvia Rivera Hernández, secretaria general en Querétaro del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaría de Salud (SNTSA), refirió que hay trabajadores que hoy están haciendo frente a la pandemia en los hospitales privados y que no reciben ninguna prestación porque laboran bajo el régimen de asimilados, figura que no existe en la “Ley federal del trabajo”.

Pérez Rangel aclaró que un prestador de servicios o comisionista que desempeña actividades con diferentes personas, sin un horario y con sus propios medios y que no esté subordinado, no se encuentra en una relación laboral; sin embargo, el que sí cumple con actividades en tiempo y forma, tiene derecho a que le paguen prestaciones como aguinaldo, vacaciones, prima vacacional y seguridad social.

“Si te desempeñas en la iniciativa privada o en el sector público, ya sea federal, estatal o municipal, y estás sujeto a un horario de trabajo subordinado, existe una relación de trabajo que es inherente a tu persona, es decir, a quien está desempeñando esa actividad, aunque el patrón o empleador lo denomine con algún otro concepto, lo cual no significa que no seas trabajador, pues los derechos laborales son irrenunciables”.

Refirió que cualquier persona que considere que se están violando sus derechos laborales, puede acudir ante las instancias laborales como los centros de conciliación y los juzgados laborales locales o federales.

 

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