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TEEQ confirma resultados electorales en Arroyo Seco y Cadereyta

El TEEQ confirmó la validez de los resultados electorales para los ayuntamientos de Arroyo Seco y Cadereyta de Montes, los cuales habían sido impugnados por el PAN y el PRI, respectivamente

Al resolver los juicios de nulidad presentados por los partidos Acción Nacional (PAN) y Revolucionario Institucional (PRI), el Tribunal Electoral del Estado de Querétaro (TEEQ) declaró la validez de los resultados electorales para los ayuntamientos de Arroyo Seco y Cadereyta de Montes, respectivamente.

En el caso del municipio de Arroyo Seco, donde resultó ganadora la candidata del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), Ofelia del Castillo Guillén, con 36.14 por ciento de los votos; el PAN argumentó la realización de actos anticipados de campaña durante el periodo de intercampaña y omisiones en las obligaciones de fiscalización por parte de la aspirante.

Los magistrados consideraron inoperantes los agravios expuestos, ya que no se acreditó que los supuestos actos anticipados de campaña incidieran a favor de la abanderada ganadora.

“Asimismo, no existieron elementos probatorios que permitieran comprobar fehacientemente la existencia de omisiones de fiscalización”, determinó el órgano jurisdiccional.

Mientras que en el caso del municipio de Cadereyta de Montes, donde resultó triunfador el candidato del PAN, Miguel Martínez Peñaloza, con 38.02 por ciento de la votación; el PRI sostuvo que funcionarios de la actual administración municipal habrían influido en el voto de la ciudadanía y que los gastos de campaña no coinciden con lo reportado al Instituto Nacional Electoral (INE).

El TEEQ declaró inoperantes los agravios expuestos, debido a que no se acreditaron las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que servidores públicos habrían incidido en el voto de los ciudadanos.

“Igualmente, tampoco se acreditó que los datos reportados en el Sistema Integral de Fiscalización sean falsos, pues la prueba técnica ofrecida resultó ineficaz”, concluyó el organismo jurisdiccional.

Los magistrados puntualizaron que la autoridad competente para emitir un dictamen consolidado es la Unidad Técnica de Fiscalización del INE, supuesto legal que hasta la fecha no ha ocurrido.

Sanciona TEEQ a María Alemán y a Arturo Maximiliano

Mauricio Hernández

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