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Aumenta 20.21% el delito de despojo en el estado

De enero a julio de 2019 se iniciaron 522 carpetas de investigación; en el mismo periodo, pero de 2020, la cifra bajó a 475; no obstante, para 2021, se contabilizaron 571 carpetas

Con respecto al periodo de enero a julio de 2019, entre el primero y séptimo mes de este año se registró un aumento de 9.3 por ciento en las carpetas de investigación iniciadas por el delito de despojo en el estado de Querétaro; sin embargo, al comparar el mismo periodo de 2020 con el de 2021, el incremento en este último es de 20.21 por ciento.

Lo anterior fue calculado con base en las cifras reportadas por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), en sus informes de Incidencia delictiva del fuero común del 2019, 2020 y 2021, estadísticas que, acota el documento, son remitidas al secretariado por las fiscalías de los estados de la República, entre ellos, Querétaro.

De acuerdo con la información publicada, de enero a julio de 2019 se iniciaron 522 carpetas de investigación por el delito de despojo en la entidad; en el mismo periodo, pero de 2020, la cifra bajó a 475; no obstante, entre enero y julio del 2021, se contabilizaron 571 carpetas de investigación por el mismo ilícito.

El “Código penal para el estado de Querétaro” establece, en su artículo 199, que se aplicará prisión de uno a seis años y de 20 a 200 días de multa a quien sin consentimiento de quien tenga derecho a otorgarlo, o al engañar a este, ocupe un inmueble ajeno o haga uso de él; a quien ejerza actos de dominio que lesionen los derechos del ocupante; a quien desvíe o haga uso de aguas propias o ajenas en los casos en que la ley no lo permita, o bien, ejerza actos de dominio que lesionen derechos legítimos del usuario de dichas aguas.

La normatividad indica que, si el despojo se realiza por dos o más personas o con violencia, la pena aumentará hasta en una mitad, pero a los autores intelectuales o a quienes lo dirijan se les aplicará prisión de cuatro a 10 años y de 300 a 500 días de multa. Agrega que, si el delito es cometido contra una persona menor de edad, mayor de 60 años o con una discapacidad, las penas que correspondan se incrementarán hasta en una tercera parte.

 

Francisco Velázquez Ramírez

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