Categorías: FeaturedLOCAL

Querétaro, obligado a modificar legislación tras resolución de la SCJN

Maricruz Ocampo Guerrero, integrante del Centro Latinoamericano para la Paz, la Cooperación y el Desarrollo (Celapaz), explicó que en el Código penal local no se elimina el delito de aborto, sino que se elimina el castigo a las mujeres y a quienes las ayudan, pero se mantiene la pena para quien obliga a una mujer a abortar

Luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la disposición de la Constitución de Sinaloa que tutelaba el derecho a la vida desde la concepción y limitaba el derecho de las mujeres a la autonomía reproductiva, el Congreso de Querétaro estaría obligado a modificar la “Ley de salud del estado de Querétaro”, el “Código penal del estado de Querétaro” y la “Constitución política del estado de Querétaro”, aseguró Maricruz Ocampo Guerrero, integrante del Centro Latinoamericano para la Paz, la Cooperación y el Desarrollo (Celapaz).

“Con esta determinación, la Legislatura de Querétaro ahora requiere, de manera obligatoria, armonizar tanto el Código penal, el código de salud y la Constitución del estado para ir al parejo con lo que determinó la corte”.

Explicó que en el Código penal no se elimina el delito de aborto, sino que se elimina el castigo a las mujeres y a quienes las ayudan, pero se mantiene la pena para quien obliga a una mujer a abortar.

“Siguiendo el mismo fundamento, que como es derecho de una mujer decidir sobre su cuerpo, tiene la libertad de abortar de manera voluntaria, de la misma manera nadie más puede decidir sobre ella; entonces, quien la obliga a abortar está cometiendo un delito y esa debería ser la modificación del Código penal”.

Detalló que de la “Constitución política del estado Querétaro” se debería eliminar el párrafo del artículo 2 que dice que en el estado está protegida la vida desde la concepción.

“Si lo dejan ahí, la interpretación que se le tiene que dar a ese artículo es conforme a lo que acaba de determinar la corte: que la protección de la vida desde la concepción es solamente para aquellos productos de la fecundación que son deseados y la protección se da a través de la protección de la salud de la madre, pero solamente si ella está de acuerdo”.

Aclaró que al Estado no le compete decidir sobre el cuerpo de una mujer y menos penalizarla, sino que le correspondería garantizar el derecho del acceso a las mujeres en los hospitales públicos a poder interrumpir sus embarazos con la atención médica que se requiera y posteriormente armonizar sus legislaciones.

SCJN declara inconstitucional la penalización del aborto

Katia Lemus

Entradas recientes

PRD pierde registro como partido político nacional

Desde este viernes 20 de septiembre, el PRD -que llegó ser la principal fuerza política…

3 horas hace

Procesan a hombre por muerte de una mujer en Pedro Escobedo

Un hombre fue vinculado a proceso penal por el delito de homicidio calificado, tras presuntamente…

3 horas hace

Estados Unidos pide cadena perpetua para Genaro García Luna

El Departamento de Justicia de Estados Unidos solicitará que el exsecretario de Seguridad Pública, Genaro…

4 horas hace

En Querétaro, costo del delito aumentó a 8 mil 600 pesos: INEGI

El INEGI dio a conocer que la percepción de inseguridad pública en el estado de…

5 horas hace

Aprueban reforma para incorporar Guardia Nacional a Sedena

En la Cámara de Diputados, Morena, el Partido Verde y el PT avalaron que la…

5 horas hace

Secretaría de Salud inaugura curso de Evaluación de Hospitales

En el marco del aniversario de los sismos de 1985 y 2017, la Secretaría de…

6 horas hace