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septiembre 19, 2024

Falso que sacerdote acusado de agresión sexual oficie misas: Diócesis

El vocero de la Diócesis de Querétaro negó que el sacerdote que oficiaba misa en la colonia Reforma Agraria, y quien actualmente se encuentra en arraigo domiciliario por posible abuso sexual a un menor de edad, continúe celebrando ceremonias religiosas

Luego de que el juez de control cambió la medida cautelar de prisión preventiva a arraigo domiciliario por la acusación que enfrenta el sacerdote que oficiaba misa en la colonia Reforma Agraria, por el posible abuso sexual a un menor de edad, el vocero de la Diócesis de Querétaro, José Martín Lara Becerril, dijo que la iglesia desconoce porqué el juzgador tomó esa decisión y desmintió que el padre siguiera oficiando misas.

“Yo no sabría decir ningún detalle en específico, tanto de la acusación como de las pruebas y la determinación del juez, eso es responsabilidad de la autoridad. En cuanto a su responsabilidad como sacerdote dentro de la iglesia, desde el momento en que se sabe de la acusación, el sacerdote dejó de celebrar los sacramentos y dejó de estar al frente de la comunidad; es falso eso que se dice que a pesar de la acusación él siguió celebrando misa, eso no es verdad”.

En cuanto a un proceso canónico, es decir, al enjuiciamiento del padre al interior de la Iglesia Católica, por la presunta agresión sexual, el vocero dijo que iniciaría cuando concluya el proceso jurídico que actualmente lleva el Poder Judicial.

“Una vez que se termina un proceso jurídico, entonces da inicio o diríamos continúa el proceso canónico, es decir, si a un padre se le acusa de un delito de orden sexual, la Fiscalía hace la valoración y (…) si resulta condenatorio, o sea, que es culpable entonces con base en ese juicio el proceso canónico continúa y se fortalece para poder dimitir a un sacerdote del estado clerical”.

Agregó que si la sentencia fuera absolutoria, es decir, que no se encuentre responsabilidad penal contra del acusado, no habría razón para continuar con un proceso canónico porque la persona no ha sido encontrada culpable.

“Pero desde el momento en que se sabe de un posible delito, desde ese momento también arranca el proceso canónico; es decir, los superiores inmediatos ellos tienen la responsabilidad de avisar en primer lugar a las autoridades civiles y después a las autoridades eclesiásticas para que se tenga en cuenta este posible delito”.

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