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Proponen tipificar e introducir violencia vicaria en marco jurídico estatal

Yasmín Abellán Hernández busca que la violencia vicaria se tipifique y contemple en el marco jurídico de la entidad, con una pena de dos a cinco años de prisión para quien la cometa

La diputada local del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), Yasmín Abellán Hernández, ingresó una iniciativa ante Oficialía de Partes de la 60 Legislatura con la finalidad de que la violencia vicaria se tipifique y contemple en el marco jurídico de la entidad, con una pena de dos a cinco años de prisión para quien la cometa.

Luego de que el Frente Nacional contra la Violencia Vicaria ha logrado identificar en Querétaro al menos una decena de casos con las mismas características, la legisladora propone adicionar la fracción sexta del artículo 127 del Código Penal del Estado para que se aplique de dos a cinco años de prisión “a quien, mediante violencia vicaria, instrumental, por sustitución o por interpósita persona ocasione lesiones psicológicas, tortura mental, terror o miedo permanente o continuo a otra persona”.

Además, la iniciativa adiciona el artículo 130 bis: “Para los efectos del párrafo segundo de la fracción VI del artículo 127 antes descrito, se entiende por violencia vicaria, instrumental, por sustitución, o por interpósita persona; aquella que es ejercida por el sujeto activo en contra del sujeto pasivo, realizando para ello cualquier conducta ilícita por parte del sujeto activo, en contra las personas, bienes, animales u objetos, que son amados, respetados, apreciados, venerados, adorados o valorados por el sujeto pasivo”.  

Dicho artículo precisa que “se impondrá hasta el doble de las sanciones señaladas (…) si las lesiones psicológicas, tortura mental, terror o miedo permanente o continuo, se cometen en contra del cónyuge, excónyuge, pareja, expareja, novio o novia, exnovio o exnovia, concubino o concubina, ex concubino o ex concubina, utilizando para ello violencia vicaria, instrumental, por sustitución, o por interpósita persona”.

Asimismo, Abellán Hernández busca que en la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia se introduzca la violencia vicaria en los tipos de violencia que se señalan en el artículo cuatro fracción 15; además se añade la fracción sexta al artículo sexto sobre los “considerados tipos de violencia contra la mujer”.

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Monica Gordillo

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