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noviembre 25, 2024

Elección de integrantes de SCJN no tiene sesgos: Carbonell

El abogado constitucionalista Miguel Carbonell, puntualizó que lo que hay que ver es el criterio de fondo con el que la SCJN resuelve “y cuando uno se pone a analizar ya con lupa, no hay tales sesgos”

Para el nombramiento de los integrantes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) el presidente de la República propone una terna y, a partir de la cual, el Senado elige. Dado que suele coincidir que la mayoría partidista que llegó al poder Ejecutivo tiene mayoría en la Cámara de Senadores, es posible que haya un sesgo en la elección; sin embargo, en la integración actual del máximo tribunal del país no hay tales sesgos.

Así lo consideró el abogado constitucionalista Miguel Carbonell, quien agregó que, en este tema, lo que hay que ver es el criterio de fondo con el que la SCJN resuelve “y cuando uno se pone a analizar ya con lupa, no hay tales sesgos; por lo menos yo no los percibo”, puntualizó. Incluso, señaló que la corte no tiene una agenda política, pues no es posible construirla, ya que lo que se atiende, acotó, es lo que escala en el sistema jurisdiccional del país.

“La Suprema Corte no puede salir a buscar los temas, les tienen que llegar los temas. (…) A veces, por el criterio de novedad, porque los propios colegiados están esperando que se fije una jurisprudencia de quien tiene la mayor jerarquía es que llegan, pero no hay una agenda política de la corte”, enfatizó.

De acuerdo con el constitucionalista, existen áreas de oportunidad que se deben atender como la protección medioambiental, toda vez que la degradación del ambiente es de emergencia y ocurren violaciones constantes a la legislación en la materia; por lo tanto, es necesario evitar que el desarrollo económico termine con la biodiversidad y abone al cambio climático. Subrayó la importancia de abordar el acceso a la justicia.

“Tenemos que mejorar desde la perspectiva de género, desde las nuevas tecnologías, desde el costo de la justicia. Necesitamos defensorías públicas, es decir, tarea gratuita del estado de representación de intereses jurídicos, en materia familiar, medioambiental, derecho de consumidores, defensa de derechos colectivos, patrimonio histórico, patrimonio artístico”, dijo.

SCJN declara constitucional la figura jurídica de los «superdelegados»

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