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Por no acreditarse razón de género, reclasificación en caso de Ángela Daniela

Por no acreditarse que “por el hecho de ser mujer” o por razón de género, se privó de la vida a Ángela Daniela, su caso fue reclasificado de feminicidio a homicidio calificado, indicó la presidenta del TSJEQ, Mariela Ponce Villa

Por no acreditarse que “por el hecho de ser mujer” o razón de género se privó de la vida a Ángela Daniela su caso fue reclasificado de feminicidio a homicidio calificado, indicó la presidenta del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Querétaro (TSJEQ), Mariela Ponce Villa.

Luego de que el cuerpo de la menor de 16 años se localizó junto con el de una persona de sexo masculino en San José El Alto, la magistrada refirió que el juez del caso determinó que “el hecho delictivo” se ejecutó bajo las mismas condiciones para ambas víctimas; incluso, el trato que se dio a los cadáveres de manera posterior.

Refirió que los jueces tienen la facultad legal y de jurisprudencia de reclasificar el hecho, dado que es preferible encauzar de manera adecuada un proceso para que no exista un problema al llegar al juicio.

Ponce Villa sostuvo que no había “un hecho muy claro” que encuadrara en alguna de las causales de género que establece el artículo 126 Bis del Código Penal del Estado de Querétaro.

“Lo que se advirtió aquí por parte del juez del caso es que las condiciones son exactamente las mismas tanto para la víctima hombre como para la víctima mujer, es el mismo modus operandi, la misma razón si se me permite decirlo y entre comillas razón, la misma forma de ejecutar el hecho delictivo y la misma forma en la que se trata con posterioridad a los cadáveres”, dijo.

Recordó que aún corre el plazo de investigación complementaria en el que la Fiscalía General del Estado (FGE) podría allegarse de más datos probatorios que deriven que existió “una cuestión de género” por la se privó de la vida a la víctima mujer”.

“La clasificación jurídica de este momento es preliminar (…) y, hasta que venga la acusación, puede venir una clasificación diferente”, agregó.

Señaló que la pena máxima por feminicidio y homicidio calificado es de 50 años de prisión; sin embargo, la mínima cambia, ya que es de 20 y 15 años respectivamente.

El titular de la FGE, Alejandro Echeverría Cornejo, confirmó este lunes que impugnarán la resolución emitida por el juez sobre la reclasificación.

Impugnarán decisión de juez de reclasificar muerte de mujer

Monica Gordillo

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