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noviembre 25, 2024

Ante nulo avance en ley de paternidad, promoverán amparos

El diputado local del PRI, Paul Ospital, lamentó que su iniciativa de paternidad -que busca ampliar el permiso parental para los trabajadores estatales- no haya sido discutida en la 60 Legislatura

El diputado Paul Ospital Carrera promoverá amparos para aquellos trabajadores que quieran gozar de 90 días de permiso tras el nacimiento de un hijo, luego de que la iniciativa de paternidad, que propone la ampliación del permiso parental de los trabajadores del estado, no ha sido discutida tras 10 meses de haber sido presentado en ante el Congreso Local.

El priista mencionó que la finalidad de esta iniciativa de ley, que fue ingresada ante la Comisión de Seguimiento de la Agenda 2030, es una reforma que abonará a la igualdad de género en la crianza, pues dijo que la vigente solo contempla un permiso parental de cinco días a partir del nacimiento de un hijo.

“A partir de hoy a las 10 de la mañana, va a estar disponible un amparo para todos los trabajadores al servicio del estado de Querétaro que sean papás y que exijan su derecho a la paternidad, que exijan su derecho a esta corresponsabilidad. Vamos a presentarlo en el Poder Judicial, y estamos seguros que los vamos a ganar”.

Dijo que la iniciativa que ingresó en marzo del año pasado pretende que el periodo para los hombres pase de cinco días a dos semanas de permiso y que cada año suba dos semanas el permiso hasta llegar a las mismas 12 semanas a la que tienen derecho las mujeres.

Demandas de amparo

Precisó que los amparos que presenten deberán ser antes de que nazca el hijo; además deberán ser individuales y no colectivos, ya que cada caso tendrá que ser analizado de forma particular.

Apuntó que ya existe un antecedente del 2021, en el que un trabajador del Instituto Nacional Electoral (INE) se amparó tras recibir la negativa en su solicitud de licencia de paternidad por el mismo periodo al previsto para las licencias de maternidad, que es de 90 días naturales.

Entonces el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que la negativa del INE hacia su trabajador era inconstitucional porque la norma contravenía al principio de igualdad.

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