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septiembre 19, 2024

Aprueban en comisión prohibición de castigos corporales contra menores

Se sancionará a toda persona que ejerza algún castigo corporal o humillante en contra de sus hijos

Este martes se aprobó en la sesión de la comisión de la Familia y Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Congreso local, la iniciativa que prohíbe los castigos corporales y los castigos humillantes en contra de las infancias, promovida por el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN) y Querétaro Independiente (QI).

La diputada Mariela Morán Ocampo, presidenta de la comisión, señaló que con esta propuesta legislativa que reforma el Código Civil de Querétaro y la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la entidad, se prohibe que los padres o tutores ejerzan algún tipo de castigo corporal contra sus hijos.

“Tenemos que empezar, primero que nada, yo lo mencionaba, quitarnos de la mente el que los niños son de nuestra propiedad; ellos son titulares de derechos y nosotros nuestro papel es velar porque esos derechos se respeten”.

Resaltó que la iniciativa prohíbe que cualquier persona que tenga la patria potestad, custodia, guarda o que esté al cuidado de cualquier niño, ejerza cualquier tipo de violencia en contra de ellos; en específico, el castigo corporal y el castigo humillante, serán sancionados.

Habrá campaña de socialización de esta ley

Posteriormente, destacó que se realizará una campaña de socialización de esta ley en conjunto con el Instituto Queretano de las Mujeres (IQM) y con la Secretaría de Educación.

“La violencia en este país también es aprendida, que todos los violadores, secuestradores, agresores sexuales fueron niños y desgraciadamente una tercera parte de esos delincuentes fueron agredidos sexualmente, lastimados o humillados o castigados corporalmente”.

De acuerdo con la iniciativa de ley, el castigo corporal o físico es todo aquel acto en el que se utilice la fuerza física, incluyendo golpes con la mano o con algún objeto, empujones, pellizcos, mordidas, tirones de cabello o de las orejas.

Mientras que el castigo humillante es cualquier trato ofensivo, desvalorizador, estigmatizante, ridiculizador y de menosprecio; que tenga como objetivo provocar dolor, amenaza y humillación.

La iniciativa aprobada tiene como finalidad reformar el artículo 310 y el 418 del Código Civil Querétaro; y adicionar las fracciones 29 y 30 del Artículo 4 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Querétaro; además de adicionar una nueva fracción 8 al Artículo 43, así como la fracción tercera del Artículo 98, de dicho ordenamiento.

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