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Dictan primera sentencia por violencia vicaria en Querétaro

La resolución se dio en materia familiar, en un caso que llevaba más de seis años de litigio

Se dictó la primera sentencia por violencia vicaria en materia familiar en Querétaro, lo que sienta un precedente importante pues aunque este tipo de violencia contra las mujeres no está tipificada en el Código Penal del estado, la primera instancia la reconoció como un tipo de violencia familiar, dio a conocer la abogada Marlene Martín Rico, integrante de Las Temis, Luchando Juntas; quienes acompañan el caso desde hace un año.

“Esa resolución es de primera instancia, es algo que no se había dado; en primera instancia no se reconoce la violencia familiar, y eso lo ganamos casi hasta el amparo y por eso es tan emblemático, además de que dicta medidas de reparación y no repetición”.

Explicó que la sentencia se dio tras más de seis años de juicio, en el que una madre era víctima de violencia vicaria por parte del padre de su hijo, a partir de que en 2016 inició un proceso de divorcio.

Refirió que luego de que el padre del menor obtuvo la custodia compartida, identificaron diversas conductas ejercidas por el sujeto en contra del niño; con la finalidad de promover odio en contra de la madre. Aclaró que la manipulación del menor fue acreditada por el Centro de Convivencia Familiar (Cecofam).

“Cuando hay niños involucrados en los procesos, se anula la perspectiva de género por el interés superior de la infancia, y entonces no considera la perspectiva de género (…) tuvimos que leer ocho mil fojas de expediente e identificamos algunos rasgos en donde el agresor ejerce violencia contra la madre y usa al niño como mecanismo de tortura”.

Explicó que, aunque la violencia vicaria no esté tipificada como delito, en el Código Civil la describe como una de las causas de pérdida de patria potestad; pese a que tampoco esté nombrada bajo ese término.

“Sí hay elementos, pero no está nombrado como violencia vicaria”.

Dijo que en la sentencia, que consta de 500 fojas, se ordenó la custodia definitiva para la madre, la suspensión de convivencias no supervisadas por 24 meses, entre otras.

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Nadia Bernal

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