El SAT recordó que las personas morales tienen como plazo hasta el 1 de abril próximo para cumplir con la presentación de la Declaración Anual de 2023
Hasta el 1 de abril próximo como fecha límite, las personas morales podrán presentar su Declaración Anual del ejercicio fiscal 2023, informó Ángel David Salcedo Arredondo, administrador desconcentrado de Servicios al Contribuyente de Querétaro; para ello, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) implementó múltiples actualizaciones en su plataforma.
En rueda de prensa, el funcionario federal detalló que para facilitar este proceso a todas las personas morales, entre las mejoras que se aplicaron están: eliminación de estados financieros: “estados de flujo de efectivo” y “estados de cambios en el capital contable”, precarga de la información de los estados financieros que permanecen presentados en el ejercicio inmediato anterior; además, se pueden agregar las pérdidas fiscales por amortizar que no se visualicen en el formulario, provenientes de las declaraciones de los ejercicios 2013 a 2021; del mismo modo, se pueden incluir la primera y segunda actualización de la pérdida fiscal por amortizar, en caso de que se haya generado en el ejercicio inmediato anterior; entre otras.
Con motivo de este proceso, los días 22, 25, 26, 27 de marzo y el 1 de abril, los horarios de atención se ampliarán de las 8:30 a las 16:00 horas; esto, para que los contribuyentes puedan cumplir en tiempo y forma.
Presenta tu Declaración Anual 2023 de personas morales, recuerda que tienes hasta el 1 de abril.
Ingresa al minisitio y conoce quiénes deben presentarla, cuáles son los requisitos, así como los beneficios y mejoras incorporados para este ejercicio. Asimismo, en material… pic.twitter.com/Kfgs2idCHh
— SATMX (@SATMX) February 12, 2024
Trámites y servicios
El funcionario federal añadió que, para mayor información, cuentan con diversos canales de atención remota: el número de teléfono 55-62-72-27-28, por medio del cual -de lunes a viernes de 9:00 am a 16:00 horas, las personas pueden llamar para aclarar cualquier duda; así como el portal del SAT; y redes sociales oficiales.
Por su parte, Miriam Méndez Maldonado, administradora desconcentrada de Recaudación de Querétaro, detalló que contar con la firma electrónica (e.firma), estar al corriente con las declaraciones de pagos provisionales y tener un servicio de banca electrónica son algunos de los requisitos para poder realizar la declaración.