La llamada Ley silla establece la obligación de los patrones de proveer sillas con respaldo a los trabajadores en los sectores de servicios y comercio, para ejecutar sus funciones o tener un descanso en su jornada laboral
La reforma a la “Ley federal del trabajo” que prohíbe obligar a los empleados a permanecer de pie durante toda su jornada laboral, conocida como Ley silla y recién aprobada en la Cámara de Diputados, podría beneficiar a más de 54 mil trabajadores en Querétaro, que se dedican a las ventas y al comercio.
Hasta el segundo trimestre del año, la población ocupada en Querétaro fue de 1.16 millones de personas (42.8 por ciento, mujeres, y 57.2 por ciento, hombres). Entre las ocupaciones que concentraron el mayor número de trabajadores están los empleados de ventas, despachadores y dependientes en comercios (54 mil 200), de acuerdo con la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).
La Ley silla establece la obligación de los patrones de proveer sillas con respaldo a los trabajadores en los sectores de servicios y comercio, para ejecutar sus funciones o tener un descanso periódico durante su jornada laboral.
La iniciativa establece que la reforma tiene el objetivo de mejorar las condiciones de salud de los trabajadores, así como aumentar la productividad. Sin embargo, las personas que podrían ser beneficiadas en Querétaro hasta el segundo trimestre del año tenían un salario promedio mensual de 2 mil 470 pesos, por debajo del mínimo, que es de 7 mil 468 pesos; además, la entidad tiene la cifra más baja después de Morelos.
En contraste, las entidades con el salario más alto en dicho sector de trabajadores son Baja California Sur, con un sueldo de 7 mil 200 pesos mensuales, y Nuevo León, con 7 mil 730 pesos.
Por otra parte, de los empleados que se dedican a las ventas y al comercio en Querétaro, el 64.1 por ciento trabajaba de manera informal hasta el segundo trimestre del año, según datos del Inegi.
La Ley silla establece reformas a los artículos 132, 133, 422, 423, y adiciona una fracción 17 al artículo 133 de la “Ley federal del trabajo”. Tras ser aprobada en la Cámara de Diputados, la iniciativa pasó al Senado para sus efectos constitucionales