Tras resolver un amparo en revisión, la SCJN determinó que un tribunal colegiado debe dictar una nueva sentencia contra el responsable de la muerte de los perros rescatistas Athos y Tango
Luego de que el caso de la muerte de los perros rescatistas Athos y Tango llegara hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la Primera Sala del Alto Tribunal ordenó que se dicte una nueva sentencia contra el responsable del envenenamiento de los animales.
En la sesión del pasado 30 de octubre, determinaron devolver el caso al Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Segundo Circuito para que emita una nueva resolución contra Vicente Patiño Albarrán, quien privó de la vida a ambos canes en junio de 2021.
Tras un juicio que acaparó la atención nacional por tratarse del primer proceso penal de este tipo, el imputado fue sentenciado a una pena de 10 años y seis meses de prisión, en agosto de 2022 por delitos cometidos contra los animales.
Posteriormente, la defensa del responsable apeló dicha condena ante la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Querétaro, la cual ratificó la sentencia.
Sin embargo, luego presentó una demanda de amparo en revisión ante el Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Segundo Circuito, que falló a su favor porque consideró que la agravante que “la utilización de métodos crueles” violenta la prohibición de imponer una misma pena por un mismo delito.
Es constitucional que, en delitos cometidos en contra de animales, se impongan penas mayores cuando además se utilizan métodos crueles: #PrimeraSalaSCJN https://t.co/oNsR4d69g6 pic.twitter.com/SlM2qv8R3C
— Suprema Corte (@SCJN) November 2, 2024
Una nueva sentencia
Tanto el imputado Vicente Patiño Albarrán como el dueño de Athos y Tango, Armando Édgar Martínez Ortiz, interpusieron un recurso de revisión ante la SCJN.
Por mayoría de cuatro votos contra uno, la Primera Sala del Alto Tribunal aprobó el proyecto de sentencia elaborado por la ministra Ana Margarita Ríos Farjat, quien concluyó que la agravante de utilizar métodos crueles no es un doble castigo por delitos cometidos contra los animales.
“La imposición de una pena mayor en los delitos cometidos contra los animales, por la de la utilización de métodos crueles no implica una doble sanción para el autor del delito, pues el uso de dichos métodos no solo aumenta el sufrimiento físico y psicológico del animal, sino que también degrada su dignidad”, explicó la SCJN en un comunicado.
En consecuencia, el caso de la muerte de Athos y Tango –quienes eran perros rescatistas– fue devuelto al Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Segundo Circuito para que emita una nueva resolución.